RESOLUCION MINISTERIAL, N° 032-2022-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Aprueban el Sistema Constructivo No Convencional denominado “Sistema Constructivo Flexmade” (en adelante, SCnC “FLEXMADE”), presentado por la empresa CORPORACIÓN TF S.A.C.-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 032-2022-VIVIENDA
Fecha de disposición | 31 Enero 2022 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2022 |
Aprueban el Sistema Constructivo No Convencional denominado “Sistema Constructivo Flexmade” (en adelante, SCnC “FLEXMADE”), presentado por la empresa CORPORACIÓN TF S.A.C.
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 032-2022-VIVIENDA
Lima, 31 de enero de 2022
VISTOS:
Los Oficios N°s. 239-2019-VIVIENDA/SENCICO-02.00, 112-2020-VIVIENDA/SENCICO-02.00, 51-2021-VIVIENDA/SENCICO-02.00, la Carta N° 40-2021-VIVIENDA/SENCICO-09.02 y el correo electrónico de fecha 09 de diciembre de 2021 del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO); el Informe N° 019-2022-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS); el Informe N° 052-2022-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 010-71-VI dispone que las personas naturales o jurídicas que posean o representen sistemas de prefabricación de viviendas y de construcción no convencional, cualquiera sea su naturaleza, deberán obtener previamente a su utilización, en cualquier lugar de la República, la aprobación y autorización del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS);
Que, el numeral 3 del artículo 20 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones de MVCS, señala que el SENCICO es una entidad de tratamiento especial adscrita al MVCS, cuyo funcionamiento está regulado por su Ley de Organización y Funciones, aprobada por el Decreto Legislativo N° 147; por su Estatuto, aprobado por el Decreto Supremo N° 032-2001-MTC y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la Resolución del Presidente del Consejo Directivo Nacional N° 017-2001-02.00;
Que, mediante Decreto Supremo N° 08-95-MTC se dispuso la fusión del ex Instituto Nacional de Investigación y Normalización de la Vivienda (ININVI) al SENCICO, estableciéndose que, a partir de la vigencia de la norma mencionada, esta entidad asume las funciones del ININVI, entre ellas, la referida a proponer, para su aprobación por el MVCS, la utilización de sistemas de construcción no convencionales, prevista en el inciso c) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 145, Ley del ININVI;
Que, el Reglamento para la Aprobación de Utilización de Sistemas Constructivos No Convencionales, aprobado en la Sesión...
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