RESOLUCION MINISTERIAL, N° 032-2022-VIVIENDA, PODER EJECUTIVO, VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO - Aprueban el Sistema Constructivo No Convencional denominado “Sistema Constructivo Flexmade” (en adelante, SCnC “FLEXMADE”), presentado por la empresa CORPORACIÓN TF S.A.C.-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 032-2022-VIVIENDA

Fecha de disposición31 Enero 2022
Fecha de publicación01 Febrero 2022

Aprueban el Sistema Constructivo No Convencional denominado “Sistema Constructivo Flexmade” (en adelante, SCnC “FLEXMADE”), presentado por la empresa CORPORACIÓN TF S.A.C.

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° 032-2022-VIVIENDA

Lima, 31 de enero de 2022

VISTOS:

Los Oficios N°s. 239-2019-VIVIENDA/SENCICO-02.00, 112-2020-VIVIENDA/SENCICO-02.00, 51-2021-VIVIENDA/SENCICO-02.00, la Carta N° 40-2021-VIVIENDA/SENCICO-09.02 y el correo electrónico de fecha 09 de diciembre de 2021 del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO); el Informe N° 019-2022-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS); el Informe N° 052-2022-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 010-71-VI dispone que las personas naturales o jurídicas que posean o representen sistemas de prefabricación de viviendas y de construcción no convencional, cualquiera sea su naturaleza, deberán obtener previamente a su utilización, en cualquier lugar de la República, la aprobación y autorización del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS);

Que, el numeral 3 del artículo 20 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones de MVCS, señala que el SENCICO es una entidad de tratamiento especial adscrita al MVCS, cuyo funcionamiento está regulado por su Ley de Organización y Funciones, aprobada por el Decreto Legislativo N° 147; por su Estatuto, aprobado por el Decreto Supremo N° 032-2001-MTC y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la Resolución del Presidente del Consejo Directivo Nacional N° 017-2001-02.00;

Que, mediante Decreto Supremo N° 08-95-MTC se dispuso la fusión del ex Instituto Nacional de Investigación y Normalización de la Vivienda (ININVI) al SENCICO, estableciéndose que, a partir de la vigencia de la norma mencionada, esta entidad asume las funciones del ININVI, entre ellas, la referida a proponer, para su aprobación por el MVCS, la utilización de sistemas de construcción no convencionales, prevista en el inciso c) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 145, Ley del ININVI;

Que, el Reglamento para la Aprobación de Utilización de Sistemas Constructivos No Convencionales, aprobado en la Sesión...

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