RESOLUCION, Nº 0069-2022, ORGANOS AUTONOMOS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS - Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para la realización de la auditoría financiera gubernamental en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa-RESOLUCION-Nº 0069-2022

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición21 de Enero de 2022

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para la realización de la auditoría financiera gubernamental en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa

UNIVERSIDAD NACIONAL

DE SAN AGUSTÍN de arequipa

RESOLUCIÓN RECTORAL

Nº 0069-2022

Arequipa, 18 de enero de 2022

VISTO el Oficio N° 000832-2021-CG/GAD de fecha 23 de diciembre de 2021, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural.

Que, según el artículo 8° de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8° del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la citada Ley y demás normativa aplicable y se manifiesta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico.

Que, según el Artículo 20º de la Ley 27785Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República” modificado por la Ley 30742 “Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control”, publicada el 28 de marzo del 2018, establece sobre las Sociedades de Auditoría, lo siguiente: “(…). Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o...

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