RESOLUCION, Nº 00141-2022, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Disponen excluir del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales, a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crediperubank Limitada y declaran su disolución-RESOLUCION-Nº 00141-2022

Fecha de disposición14 Enero 2022
Fecha de publicación19 Enero 2022

Disponen excluir del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales, a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crediperubank Limitada y declaran su disolución

RESOLUCIÓN SBS Nº 00141-2022

Lima, 14 de enero de 2022

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS Nº 3613-2021, emitida el 26/11/2021 y notificada el 30/11/2021, esta Superintendencia dispuso el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crediperubank Limitada (en adelante, COOPAC Crediperubank Limitada) por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa, prevista en el numeral 2 del artículo 2 del Reglamento de Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado por Resolución SBS Nº 5076-2018 y su modificatoria (en adelante, Reglamento de Regímenes Especiales); al haberse determinado, sobre la base de la información financiera reportada por la COOPAC Crediperubank Limitada y las acciones de supervisión permanente efectuadas por esta Superintendencia, que la entidad registraba, al 30/09/2021, un patrimonio negativo ascendente a - S/ 4 899 503.36 (cuatro millones ochocientos noventa y nueve mil quinientos tres y 36/100 soles);

Que, el artículo 3 del Reglamento de Regímenes Especiales establece que el régimen de intervención para las cooperativas de ahorro y crédito (COOPAC) de nivel modular 1 o 2 tiene una duración máxima de cuarenta y cinco (45) días;

Que, en aplicación del artículo 7 del Reglamento de Regímenes Especiales y de lo establecido en el “Procedimiento para la realización de la Asamblea General de Intervención en el marco del Régimen de Intervención de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público de los Niveles 1 y 2”, aprobado por la Resolución SBS Nº 2655-2021, se realizó la Asamblea General de Intervención de la COOPAC Crediperubank Limitada en intervención de manera virtual, vía la plataforma Zoom, el día martes 07/12/2021, en segunda convocatoria, contando con la participación de sesenta y nueve (69) socios hábiles inscritos en el Padrón de Socios Hábiles proporcionado por la COOPAC Crediperubank Limitada dentro de los noventa (90) días previos a la intervención;

Que, en la Asamblea General de Intervención se informó, entre otros, sobre la causal que motivó la declaración de intervención de la COOPAC Crediperubank Limitada, así como sobre el plazo establecido en el numeral 4-B de la Vigésima Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias (Ley General), para que los socios acrediten su levantamiento a satisfacción de esta Superintendencia;

Que, conforme a lo dispuesto en el...

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