RESOLUCION JEFATURAL, N° 012-2022-ONP/JF, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL - Delegan facultades en diversos funcionarios de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) para el Año Fiscal 2022-RESOLUCION JEFATURAL-N° 012-2022-ONP/JF

Fecha de disposición13 Enero 2022
Fecha de publicación18 Enero 2022

Delegan facultades en diversos funcionarios de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) para el Año Fiscal 2022

Resolución Jefatural

N° 012-2022-ONP/JF

Lima, 13 de enero de 2022

VISTOS:

El Informe Nº 033-2022-ONP/OAJ del 13 de enero de 2022 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 174-2013-EF/10 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la ONP;

Que, el último párrafo del artículo 5 de la Ley N° 28532, Ley que establece la reestructuración integral de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), señala que el Jefe de la ONP puede delegar en el Gerente General o en funcionarios de alto nivel, las funciones y facultades que se le reconocen en dicho artículo, con excepción de las mencionadas en los incisos 1, 4, 5, 9, 10, 12 y 13;

Que, conforme al artículo 47, numeral 47.2 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, se prevé que el Titular de la entidad puede delegar la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático a través de disposición expresa publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante TUO de la Ley N° 30225, establece los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras, y establece en el numeral 8.2 del artículo 8, que el Titular de la Entidad puede delegar sus atribuciones mediante resolución, excepto las facultades expresamente calificadas como indelegables por la propia Ley y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF;

Que, conforme a los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM, se prohíbe a las entidades del Sector Público la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo, debiendo efectuarse en blanco y negro, salvo que, excepcionalmente, el Titular de la Entidad o a quien este delegue, autorice impresos a color para casos debidamente justificados;

Que, la Resolución Ministerial N° 139-95-EF/10 establece el procedimiento administrativo para la emisión de Constancias y los Títulos representativos de Bono de Reconocimiento, los que se autorizan por Resolución Jefatural de la ONP, cumpliendo las formalidades establecidas; pudiendo dichas facultades en ambos casos ser delegadas al Gerente General;

Que, conforme al artículo 4 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión de los recursos humanos, encontrándose integrado, entre otros, por las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades;

Que, por las consideraciones precedentes y con la finalidad de garantizar la adecuada gestión administrativa de la Entidad, resulta necesario delegar durante el año 2022 determinadas funciones asignadas al Titular de la Entidad;

Con los vistos del Director General de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión; de la Directora General de la Oficina de Administración; del Director General de la Oficina de Recursos Humanos; de la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica (e); y del Gerente General, y;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 de la Ley Nº 28532; el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM; así como la Resolución Ministerial Nº 139-95-EF/10;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Delegación de facultades al/la Gerente/a General

Delégase al/la Gerente/a General, las siguientes facultades:

1.1 En materia administrativa:

  1. Celebrar convenios de cooperación técnica, colaboración interinstitucional u otros de cualquier otra índole, incluidas sus adendas, con entidades públicas o privadas y organismos internacionales, salvo aquellos a las que se hace referencia expresamente en la presente delegación.

  2. Aprobar la formalización de las modificaciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático al Pliego 095 - Oficina de Normalización Previsional, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

  3. Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la Entidad.

  4. Autorizar la emisión y anulación de las...

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