ACUERDO, Nº 020-2021/CDLO, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS - Dejan sin efecto el Acuerdo de Concejo N° 014-2020/CDLO-ACUERDO-Nº 020-2021/CDLO

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2021

Dejan sin efecto el Acuerdo de Concejo N° 014-2020/CDLO

acuerdo de consejo

Nº 020-2021/CDLO

Los Olivos, 28 de diciembre de 2021

VISTOS: El Expediente E-21407-2021 conteniendo la Carta N° 011-2021- CDLO presentada por el regidor Javier Sulca Cadenilla, Informe N° 223-2021- MDLO/GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nro. 284-2021-MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Proveído N° 2108-2021 – GM de la Gerencia Municipal Informe N°0263-2021-MDLO-SG, Dictamen N° 017-2021-MDLO/CPAJ de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, y ;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil tiene como objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas, siendo su finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran;

Que, con Decreto Supremo Nº 023-2014-EF se aprueban los montos por concepto de Compensaciones Económicas a Funcionarios Públicos de la Ley Nº 30057;

Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 018-2016-CDLO se aprobó y modifico el monto de la Compensación Económica Mensual del Gerente Municipal de S/. 8,000.00 (ocho mil con 00/100 soles), establecido por Acuerdo de Concejo Nº 004-2015-CDLO de fecha 16 de enero de 2015, a la suma de S/. 10,000.00 (diez mil con 00/100 soles), al amparo de lo establecido en el Decreto Supremo N° 023-2014-EF;

Que, a través de Decreto Supremo N° 413-2019-EF se aprueban disposiciones para determinar la compensación económica para los alcaldes distritales y provinciales en el marco de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil;

Que, con Acuerdo de Concejo N° 014-2020/CDLO, de fecha 30 de abril de 2020 se resuelve en su punto primero: “FIJAR el nuevo monto de compensación del Gerente Municipal en Cinco mil con 00/100 soles (S/.5000) por el periodo de duración de la emergencia sanitaria nacional refrendado mediante Decreto Supremo 008-2020-SA, por el plazo de noventa (90) días calendario o una posible prórroga de la misma.”. Asimismo, su punto segundo resuelve: “FIJAR el nuevo monto de compensación del Gerente Municipal en Siete mil quinientos con 00/100 soles (S/.7500) una vez culminado el periodo de emergencia sanitaria de noventa (90) días calendarios o una posible prórroga de la misma.”;

Que, del Expediente E-21407-2021 fluye la Carta N° 011-2021-CDLO, ingresada el 30 de noviembre del 2021, por el regidor Javier Sulca Cadenilla, conteniendo una Moción de Orden del Día proponiendo se deje sin efecto, con eficacia anticipada al 30 de abril del 2020, el Acuerdo de Concejo N° 014-2020/CDLO, debiendo entenderse que se encuentra vigente el Acuerdo de Concejo N° 018-2016-CDLO, conforme lo...

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