RESOLUCION, N° 001-2022-SANIPES/PE, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA - Aprueban documento denominado “Procedimiento Técnico para el control oficial de sustancias contaminantes y/o residuales, en la acuicultura de peces y crustáceos”-RESOLUCION-N° 001-2022-SANIPES/PE

Fecha de disposición11 Enero 2022
Fecha de publicación11 Enero 2022

Aprueban documento denominado “Procedimiento Técnico para el control oficial de sustancias contaminantes y/o residuales, en la acuicultura de peces y crustáceos”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° 001-2022-SANIPES/PE

Surquillo, 6 de enero de 2022

VISTOS: El Informe Técnico Nº 173-2021-SANIPES/DFS/SDFPA de la Dirección de Fiscalización Pesquera; el Informe N° 011-2021-SANIPES/DN de la Dirección de Normatividad, el Memorando N° 037-2021-SANIPES/OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 003-2022-SANIPES/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), se crea el SANIPES como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción encargado de normar, supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; con el objeto de lograr una eficaz administración que establezca aspectos técnicos, normativos y de vigilancia en materia de inocuidad y de sanidad de los alimentos y de piensos de origen pesquero y acuícola, con la finalidad de proteger la salud pública;

Que, de conformidad con los literales b) y ñ) del artículo 9 de la Ley N° 30063, modificada por Decreto Legislativo Nº 1402, SANIPES tiene entre sus funciones aprobar los reglamentos, protocolos y directivas, y demás disposiciones, en el ámbito de su competencia; así como velar y asegurar la sanidad e inocuidad de los recursos y productos hidrobiológicos, y de los productos veterinarios y alimentos o piensos de uso en acuicultura y de origen acuícola;

Que, de conformidad con el numeral 21.3 del artículo 21 del Reglamento de la Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2019-PRODUCE, SANIPES formula, elabora, aprueba e implementa los procedimientos técnicos sanitarios para la toma, acondicionamiento y recepción de los recursos y productos hidrobiológicos, alimentos y productos veterinarios de uso en acuicultura muestreados, los métodos de análisis para los mismos y, el proceso de dirimencia ante la controversia generada por los resultados de los reportes y/o informes de ensayo;

Que, en el numeral 25.1 del artículo 25 del citado cuerpo normativo, establece que la actividad de...

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