ORDENANZA, Nº 553-MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 553-MSI

Fecha de publicación31 Diciembre 2021
Fecha de disposición31 Diciembre 2021

Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Municipalidad

ORDENANZA Nº 553-MSI

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 049-2021-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos Laborales e Informática; el Dictamen Nº 032-2021-CAFRP/MSI de la Comisión de Administración, Finanzas, Rentas y Presupuesto; el Oficio Nº 0676-2021-SERVIR-PE de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, Documento Simple Nº 19094-2021; el Memorándum Vía Remota Nº 2102-2021-0900-GGP/MSI y los Informes Nº 056 y Nº 058-2021-0900-GGP/MSI de la Gerencia de Gestión de Personas; el Memorando Vía Remota Nº 163-2021-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; el Informe Vía Remota Nº 271-2021-0520-SDC-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo; y el Informe Nº 022-2021-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, referido al proyecto de Ordenanza que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Municipalidad de San Isidro; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, por Ordenanza Nº 505-MSI se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad de San Isidro, y mediante Ordenanza Nº 510-MSI se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la Municipalidad de San Isidro;

Que, mediante Ordenanza Nº 548-MSI, publicado el 17 de octubre de 2021, se aprobó la modificación parcial de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobados por Ordenanza Nº 505-MSI;

Que, el literal b. del numeral 5.1 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 0150-2021-SERVIR-PE, publicada el 16 de noviembre de 2021, establece que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) es el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE);

Que, a su vez, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la precitada Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH dispuso que las entidades públicas que, hasta la fecha de publicación de dicha directiva, cuentan con una propuesta de CAP Provisional enviada formalmente a SERVIR, se rigen hasta su evaluación por parte de la GDSRH de SERVIR, por los criterios y condiciones establecidos en el Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE y modificatoria;

Que, de acuerdo con dicha disposición, para la formulación y evaluación de la propuesta de CAP Provisional, se aplicaron los criterios y condiciones establecidos en el numeral 1.1 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH que señala como supuesto que habilita a aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, cuando una norma sustantiva, durante el proceso de implementación de la Ley Nº 30057, ordene la asignación de nuevas funciones o la reasignación de funciones existentes, en cuyo caso las entidades involucradas están autorizadas a tramitar la adecuación parcial de su CAP vigente mediante un CAP Provisional en un plazo máximo de tres (03) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la norma publicada;

Que, asimismo, los numerales 2 y 3.1 del Anexo 4 de la citada Directiva señalan, entre otros, que la elaboración del CAP Provisional es responsabilidad de la oficina de recursos humanos, o quien haga sus veces, con opinión técnica favorable del órgano encargado de racionalización o del que haga sus veces; que se formula a partir de la estructura orgánica de la entidad aprobada en su ROF y se realiza considerando el Clasificador de Cargos de la entidad, así como que el proyecto de CAP Provisional requiere el informe previo de opinión favorable de SERVIR;

Que, al respecto, mediante el oficio del visto, SERVIR hace suyo el Informe Técnico Nº 0211-2021-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, que contiene opinión técnica favorable del proyecto de Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de la Municipalidad de San Isidro, de conformidad con el numeral 4.1 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH;

Que, por su parte, con los documentos del visto, la Gerencia de Gestión de Personas propuso la modificación del CAP Provisional de la Municipalidad de San Isidro, sustentando la misma en la modificación, mediante la Ordenanza Nº 548-MSI, de la estructura orgánica y del ROF aprobados por Ordenanza Nº 505-MSI, para lo cual se ha empleado el Manual de Clasificación de Cargos aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 463 del 22 de octubre de 2019; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, a través de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo;

Que, el artículo , numeral 32, de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el cuadro para asignación de personal, en concordancia con el numeral 6.3.1.8 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH que prescribe que los gobiernos locales aprueban el CAP Provisional por Ordenanza Municipal;

Que, por tales...

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