DECRETO SUPREMO, N° 357-2021-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2022 de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales-DECRETO SUPREMO-N° 357-2021-EF
Fecha de disposición | 14 Diciembre 2021 |
Fecha de publicación | 14 Diciembre 2021 |
Sección | Sección Única |
Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2022 de las Empresas y Organismos Públicos
de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
decreto supremo
n° 357-2021-ef
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso 3 del numeral 61.1 del artículo 61 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Dirección General de Presupuesto Público en base a los proyectos de presupuesto revisados, a las sustentaciones realizadas y al resultado de las coordinaciones efectuadas con cada una de las entidades, aprueba el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, asimismo, el numeral 22.1 del artículo 22 del Decreto Legislativo N° 1440, dispone que el proceso presupuestario comprende las fases de Programación Multianual, Formulación, Aprobación, Ejecución y Evaluación Presupuestaria, las cuales se encuentran reguladas genéricamente por el Título IV del mencionado Decreto Legislativo y complementariamente por las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público y las Directivas que emita la Dirección General de Presupuesto Público;
Que, por su parte el numeral 1 del artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, señala que las entidades de la Administración Pública cuyos presupuestos no formen parte del Presupuesto General de la República, deben aprobar sus presupuestos a más tardar el 15 de diciembre del año previo a su entrada en vigencia por el órgano correspondiente establecido en las normas vigentes;
Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y dictar las medidas que les permitan regular su proceso presupuestario para el Año Fiscal 2022;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y el artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS;
DECRETA:
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