RESOLUCION, Nº 03602-2021, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan al Banco Azteca del Perú la modificación de su estatuto social, según la cual se modifica su actual denominación social por la de “Alfin Banco S.A.”-RESOLUCION-Nº 03602-2021

Fecha de publicación09 Diciembre 2021
Fecha de disposición26 Noviembre 2021

Autorizan al Banco Azteca del Perú la modificación de su estatuto social, según la cual se modifica su actual denominación social por la de “Alfin Banco S.A.”

RESOLUCIÓN SBS Nº 03602-2021

Lima, 26 de noviembre de 2021

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

VISTA:

La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú (en adelante, el Banco), para que se le autorice la modificación de su Estatuto Social en los artículos primero, décimo tercero y décimo quinto; y,

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 14.10.2021, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, autorizó mediante la Resolución SBS Nº 3054-2021, la modificación de los artículos primero, décimo tercero y décimo quinto del estatuto social del Banco; para lo cual se aprobó el proyecto de minuta presentada, la que se devolvió autenticada con el sello oficial de esta Superintendencia;

Que, con fecha 27.10.2021, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante la Resolución SBS Nº 3174-2021 aprobó una minuta aclaratoria, por la cual se corrigió el número de partida electrónica de Banco Azteca del Perú consignado en la minuta primigenia;

Que, con fecha 10.11.2021, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), formuló tacha sustantiva (rechazar la solicitud de modificación del estatuto) al título ingresado para la inscripción de la referida modificación estatutaria, sustentando su decisión en que la agenda de la convocatoria para la celebración de la junta general de accionistas (JGA) del 16.07.2021, la cual dio mérito a la emisión de las Resoluciones SBS Nº 3054-2021 y Nº 3174-2021, era muy genérica y no precisaba que se trataba de una modificación de denominación social;

Que, el artículo 14 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias (en adelante, Ley General), establece que toda modificación estatutaria que...

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