DECRETO SUPREMO, N° 337-2021-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban préstamo contingente con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID-DECRETO SUPREMO-N° 337-2021-EF

Fecha de disposición01 Diciembre 2021
Fecha de publicación01 Diciembre 2021

Aprueban préstamo contingente con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID

decreto supremo

n° 337-2021-ef

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al numeral 13.1 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, el Financiamiento Contingente es la facilidad financiera que permite, ante la eventual ocurrencia de un desastre de origen natural o tecnológico, situación de emergencia o crisis económica y/o financiera en el país, obtener financiamiento, bajo la modalidad de líneas de crédito, bonos, operaciones de endeudamiento u operaciones de similar naturaleza, así como otros instrumentos existentes o que el mercado desarrolle para dicho fin;

Que, el numeral 47.1 del artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1437 autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, a negociar y celebrar Financiamientos Contingentes;

Que, en el marco de la citada autorización, el Ministerio de Economía y Finanzas, en representación de la República del Perú, acordará con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, un préstamo contingente en apoyo de reformas de política con opción de retiro diferido, hasta por la suma de US$ 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), denominado “Programa de Apoyo a la Recuperación Fiscal y Económica de Perú”;

Que, el referido préstamo contingente contempla las facilidades de: “Conversión de Moneda”, que faculta a la República del Perú a solicitar la conversión de los desembolsos o del saldo adeudado del préstamo a Soles, con la correspondiente modificación de las condiciones financieras de la operación; la “Conversión de Tasa de Interés”, que permite cambiar una parte o la totalidad de los saldos adeudados de los préstamos con Tasa basada en LIBOR, a una Tasa Fija de Interés o viceversa, con la correspondiente modificación de las condiciones financieras de la operación; la “Conversión de Productos Básicos” que permite solicitar la contratación de una opción de compra y/o venta de productos básicos; y la “Conversión de Protección contra...

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