RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 518-2021-MTC/17.03, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Autorizan a la empresa ”RTP SAN CRISTOBAL S.A.C.”, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, en local ubicado en el distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 518-2021-MTC/17.03

Fecha de publicación14 Noviembre 2021
Fecha de disposición20 Septiembre 2021

Autorizan a la empresa ”RTP SAN CRISTOBAL S.A.C.”, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, en local ubicado en el distrito de Pachacamac, provincia y departamento de Lima

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 518-2021-MTC/17.03

Lima, 20 de setiembre de 2021.

VISTO:

La solicitud registrada mediante la Hoja de Ruta Nº E-211617-2021, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentados por la empresa “RTP SAN CRISTOBAL S.A.C.” , a través de los cuales, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular1, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3º de la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado que tiene competencia exclusiva para normar y gestionar el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en el ámbito nacional (…)”;

Que, el artículo 4 de la ley señalada establece lo siguiente: “Las inspecciones técnicas vehiculares están a cargo de los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV), previamente autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Estas autorizaciones se otorgan sin carácter exclusivo, sobre la base de la situación del mercado automotriz de cada región y de su distribución geográfica, y por los mecanismos legales que la normativa contempla para tales casos”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante el Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verificar que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos...

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