RESOLUCION, Nº 019-2021-SMV/01, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - Modifican las “Normas para la Difusión de Información al Mercado de Valores a través de la Página Web Corporativa de las Sociedades Emisoras”, el Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada, el Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculación, y Grupos Económicos; y dictan otras disposiciones-RESOLUCION-Nº 019-2021-SMV/01

Fecha de disposición28 Octubre 2021
Fecha de publicación30 Octubre 2021
SecciónSección Única
MateriaDerecho Procesal

Modifican las “Normas para la Difusión de Información al Mercado de Valores a través de la Página Web Corporativa de las Sociedades Emisoras”, el Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada, el Reglamento de Propiedad Indirecta, Vinculación, y Grupos Económicos; y dictan otras disposiciones

Resolución SMV

Nº 019-2021-SMV/01

Lima, 28 de octubre de 2021

VISTOS:

El Expediente Nº 2021032033, los Informes Conjuntos Nº 916-2021-SMV/06/11/12 del 24 de agosto de 2021 y Nº 1046-2021-SMV/06/11/12 del 19 de octubre de 2021, ambos emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados y la Superintendencia Adjunta de Investigación, Desarrollo e Innovación, así como el Proyecto que modifica las Normas para la Difusión de Información al Mercado de Valores a través de la Página Web Corporativa de las Sociedades Emisoras, aprobadas por la Resolución SMV Nº 020-2016-SMV/01, y realiza otras modificaciones (en adelante, Proyecto);

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 (en adelante, Ley Orgánica), la Superintendencia del Mercado de Valores (en adelante, SMV) está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos;

Que, el literal b) del artículo 5 de la Ley Orgánica establece como atribución del Directorio de la SMV la aprobación de la normativa del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos, así como aquella a la que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a la supervisión de la SMV;

Que, mediante la Resolución SMV Nº 020-2016-SMV/01, publicada el 14 de julio de 2016 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobaron las “Normas para la Difusión de Información al Mercado de Valores a través de la Página Web Corporativa de las Sociedades Emisoras” (en adelante, Normas Página Web), estableciéndose, entre otras, las siguientes disposiciones: (i) La sociedad emisora con valores o programas inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores (en adelante, RPMV) debe contar con una página web corporativa; (ii) La sociedad emisora debe difundir a través de su página web corporativa al menos su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR