RESOLUCION, N° 0874-2021-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Aprueban el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral-RESOLUCION-N° 0874-2021-JNE

Fecha de publicación27 Octubre 2021
Fecha de disposición27 Octubre 2021

Aprueban el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral

Resolución Nº 0874-2021-JNE

Lima, veintidós de octubre de dos mil veintiuno

VISTOS: los Memorandos N.os 0486-2021-SG-SGRS/JNE y 550-2021-SC-DGRS/JNE, del 29 de setiembre y 22 de octubre de 2021, respectivamente, suscritos por el jefe de Servicios al Ciudadano, sobre la propuesta de modificación de las disposiciones del Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, aprobado mediante la Resolución Nº 0308-2020-JNE.

CONSIDERANDOS

1.1. El artículo 178 de la Constitución Política del Perú, en su numeral 3, establece que es función del Jurado Nacional de Elecciones velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral; asimismo, a tenor del artículo 5, literal l, de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, corresponde a este organismo electoral dictar las resoluciones y reglamentación necesarias para su funcionamiento.

1.2. De otro lado, el artículo 31 de la Carta Constitucional señala que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, con derecho a elegir y ser elegidos; asimismo, dispone que los ciudadanos con goce de su capacidad civil tienen derecho al voto, el que es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años, y facultativo después de esa edad. Así, dado el carácter de obligatoriedad del voto para los ciudadanos peruanos, la omisión al sufragio es sancionada con multa electoral, conforme a los parámetros previstos en la Ley Nº 28859.

1.3. Es en ese marco normativo que la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, en sus artículos 241 y 253 trata, respectivamente, sobre la dispensa por omisión al sufragio, así como la justificación por la inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio de los miembros de mesa, que se tramitan ante el Jurado Nacional de Elecciones después de la fecha de los comicios, cuando estos incumplimientos se encuentran debidamente justificados; siendo necesario, a tenor de lo dispuesto en el artículo 390, literal c, que el DNI de los ciudadanos obligados a votar cuente con la constancia de sufragio de las últimas elecciones o la dispensa respectiva, para la realización de actos que requieran de su presentación.

1.4. Mediante la Resolución Nº 0308-2020-JNE, del 5 de setiembre de 2020, se aprobó el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, que regula las causas y procedimiento para el trámite de justificación a la inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio y la dispensa por omisión al sufragio, documento normativo cuya actualización resulta necesaria en el marco del estado de emergencia sanitaria por la COVID-19 decretado por el Gobierno Central.

Asimismo, resulta necesario continuar fortaleciendo los mecanismos virtuales para la gestión de solicitudes de dispensa y/o justificación que aseguren la adecuada accesibilidad del servicio coadyuvando a su simplificación y garantizando, adicionalmente, la seguridad y salud de los ciudadanos.

1.5. En vista de ello, este órgano colegiado estima necesario actualizar las disposiciones para el otorgamiento de dispensa por omisión al sufragio y justificación por inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio, con la aprobación de un nuevo Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

  1. APROBAR el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, que consta de veintisiete artículos, ocho Disposiciones Finales y un anexo, cuyo texto es parte integrante de la presente resolución.

  2. DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 0308-2021-JNE, del 5 de setiembre de 2020.

  3. PONER la presente resolución en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y del Ministerio de Relaciones Exteriores, para los fines que se estime pertinentes.

  4. DISPONER la publicación de la presente resolución, el reglamento que aprueba y su anexo en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

SALAS ARENAS

RODRÍGUEZ MONTEZA

SANJINEZ SALAZAR

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Vargas Huamán

Secretaria General

REGLAMENTO DE JUSTIFICACIÓN

Y DISPENSA ELECTORAL

ÍNDICE

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I

MARCO LEGAL

Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Base Normativa
Artículo 3 Alcance
Artículo 4 Responsabilidad
CAPÍTULO II

ABREVIATURAS Y DEFINICIONES

Artículo 5 Abreviaturas
Artículo 6 Definiciones
CAPÍTULO III

CONSIDERACIONES GENERALES

Artículo 7 Solicitud de justificación y/o dispensa
Artículo 8 Oportunidad para presentar la solicitud de justificación y/o dispensa
Artículo 9 Causas de justificación y/o dispensa
TÍTULO II

JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA

CAPÍTULO I

REQUISITOS PARA LA JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA

Artículo 10 Presentación de la solicitud de justificación y/o dispensa
Artículo 11 Requisitos
Artículo 12 Justificación y/o dispensa para personas con discapacidad
CAPÍTULO II

JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA SOLICITADAS POR CIUDADANOS PERUANOS EN EL EXTRANJERO

Artículo 13 Justificación y/o dispensa para ciudadanos peruanos en el extranjero
CAPÍTULO III

JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA SOLICITADAS

POR ENTIDADES

Artículo 14 Justificación y/o dispensa para miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y personal del INPE
Artículo 15 Justificación y/o dispensa para el personal de los organismos del Sistema Electoral y las instituciones públicas involucradas con el desarrollo de la jornada electoral
Artículo 16 Justificación y/o dispensa para los internos de establecimientos penitencia-rios y ciudadanos que serán extraditados por la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones
Artículo 17 Oportunidad y gratuidad del trámite
CAPÍTULO IV

PLAZOS PARA RESOLVER SOLICITUDES DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA

Artículo 18 Plazo para resolver
TÍTULO III

IMPROCEDENCIA, RECURSOS ADMINISTRATIVOS

Y EFECTOS

CAPÍTULO I

IMPROCEDENCIA DE OTORGAMIENTO DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA

Artículo 19 Improcedencia
CAPITULO II

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

Artículo 20 Requisitos para la presentación del recurso administrativo
Artículo 21 Recurso de reconsideración
Artículo 22 Recurso de apelación
Artículo 23 Desistimiento
CAPÍTULO III

EFECTOS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA EXPEDIDOS

POR EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

Artículo 24 Pronunciamiento definitivo
Artículo 25 Consecuencia de la improcedencia
Artículo 26 Actualización de registros
TITULO IV

CUSTODIA Y CONSERVACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA

Artículo 27 Custodia y conservación
DISPOSICIONES FINALES

El presente Reglamento cuenta con ocho (8) disposiciones finales

ANEXO

Anexo Nº 1: Relación de personal por omisión al sufragio y/o inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio.

REGLAMENTO DE JUSTIFICACIÓN

Y DISPENSA ELECTORAL

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 27
CAPÍTULO I Artículos 1 a 4

MARCO LEGAL

Artículo 1 Objeto

1.1. Determinar las causas y el procedimiento para el otorgamiento de la justificación de inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio.

1.2. Determinar las causas y el procedimiento para el otorgamiento de dispensa por omisión al sufragio.

Artículo 2 Base Normativa

1.1. Constitución Política del Perú

1.2. Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones y sus modificatorias

1.3. Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones y sus modificatorias

1.4. Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales

1.5. Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

1.6. Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS

1.7. Ley Nº 28859, Ley que suprime las restricciones civiles, comerciales, administrativas y judiciales, y reduce las multas a favor de los ciudadanos omisos al sufragio

1.8. Decreto Supremo Nº 022-99-PCM que deja sin efecto el literal f del artículo 4 del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

1.9. Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolución Nº 001-2016-JNE y su modificatoria Resolución Nº 337-2017-JNE

1.10. Reglamento de Multas Electorales, aprobado por la Resolución Nº 052-2012-P/JNE.

1.11. Texto Único de Procedimientos Administrativos del Jurado Nacional de Elecciones.

1.12. Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolución Nº 0165-2020-JNE.

Artículo 3 Alcance

El presente Reglamento es de observancia obligatoria y de aplicación desde la presentación de las solicitudes de justificación y/o dispensa electoral hasta su otorgamiento, improcedencia o declaración en abandono de ser el caso. Tiene alcance para todo tipo de proceso electoral que genere multas electorales.

Artículo 4 Responsabilidad

Son...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR