RESOLUCION, N° 0874-2021-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Aprueban el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral-RESOLUCION-N° 0874-2021-JNE
Fecha de publicación | 27 Octubre 2021 |
Fecha de disposición | 27 Octubre 2021 |
Aprueban el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral
Resolución Nº 0874-2021-JNE
Lima, veintidós de octubre de dos mil veintiuno
VISTOS: los Memorandos N.os 0486-2021-SG-SGRS/JNE y 550-2021-SC-DGRS/JNE, del 29 de setiembre y 22 de octubre de 2021, respectivamente, suscritos por el jefe de Servicios al Ciudadano, sobre la propuesta de modificación de las disposiciones del Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, aprobado mediante la Resolución Nº 0308-2020-JNE.
CONSIDERANDOS
1.1. El artículo 178 de la Constitución Política del Perú, en su numeral 3, establece que es función del Jurado Nacional de Elecciones velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral; asimismo, a tenor del artículo 5, literal l, de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, corresponde a este organismo electoral dictar las resoluciones y reglamentación necesarias para su funcionamiento.
1.2. De otro lado, el artículo 31 de la Carta Constitucional señala que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, con derecho a elegir y ser elegidos; asimismo, dispone que los ciudadanos con goce de su capacidad civil tienen derecho al voto, el que es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años, y facultativo después de esa edad. Así, dado el carácter de obligatoriedad del voto para los ciudadanos peruanos, la omisión al sufragio es sancionada con multa electoral, conforme a los parámetros previstos en la Ley Nº 28859.
1.3. Es en ese marco normativo que la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, en sus artículos 241 y 253 trata, respectivamente, sobre la dispensa por omisión al sufragio, así como la justificación por la inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio de los miembros de mesa, que se tramitan ante el Jurado Nacional de Elecciones después de la fecha de los comicios, cuando estos incumplimientos se encuentran debidamente justificados; siendo necesario, a tenor de lo dispuesto en el artículo 390, literal c, que el DNI de los ciudadanos obligados a votar cuente con la constancia de sufragio de las últimas elecciones o la dispensa respectiva, para la realización de actos que requieran de su presentación.
1.4. Mediante la Resolución Nº 0308-2020-JNE, del 5 de setiembre de 2020, se aprobó el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, que regula las causas y procedimiento para el trámite de justificación a la inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio y la dispensa por omisión al sufragio, documento normativo cuya actualización resulta necesaria en el marco del estado de emergencia sanitaria por la COVID-19 decretado por el Gobierno Central.
Asimismo, resulta necesario continuar fortaleciendo los mecanismos virtuales para la gestión de solicitudes de dispensa y/o justificación que aseguren la adecuada accesibilidad del servicio coadyuvando a su simplificación y garantizando, adicionalmente, la seguridad y salud de los ciudadanos.
1.5. En vista de ello, este órgano colegiado estima necesario actualizar las disposiciones para el otorgamiento de dispensa por omisión al sufragio y justificación por inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio, con la aprobación de un nuevo Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
-
APROBAR el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral, que consta de veintisiete artículos, ocho Disposiciones Finales y un anexo, cuyo texto es parte integrante de la presente resolución.
-
DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 0308-2021-JNE, del 5 de setiembre de 2020.
-
PONER la presente resolución en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y del Ministerio de Relaciones Exteriores, para los fines que se estime pertinentes.
-
DISPONER la publicación de la presente resolución, el reglamento que aprueba y su anexo en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
SALAS ARENAS
RODRÍGUEZ MONTEZA
SANJINEZ SALAZAR
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Vargas Huamán
Secretaria General
REGLAMENTO DE JUSTIFICACIÓN
Y DISPENSA ELECTORAL
ÍNDICE
MARCO LEGAL
ABREVIATURAS Y DEFINICIONES
CONSIDERACIONES GENERALES
JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA
REQUISITOS PARA LA JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA
JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA SOLICITADAS POR CIUDADANOS PERUANOS EN EL EXTRANJERO
JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA SOLICITADAS
POR ENTIDADES
PLAZOS PARA RESOLVER SOLICITUDES DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA
IMPROCEDENCIA, RECURSOS ADMINISTRATIVOS
Y EFECTOS
IMPROCEDENCIA DE OTORGAMIENTO DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA
RECURSOS ADMINISTRATIVOS
EFECTOS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA EXPEDIDOS
POR EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
CUSTODIA Y CONSERVACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA
El presente Reglamento cuenta con ocho (8) disposiciones finales
ANEXO
REGLAMENTO DE JUSTIFICACIÓN
Y DISPENSA ELECTORAL
MARCO LEGAL
1.1. Determinar las causas y el procedimiento para el otorgamiento de la justificación de inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio.
1.2. Determinar las causas y el procedimiento para el otorgamiento de dispensa por omisión al sufragio.
1.1. Constitución Política del Perú
1.2. Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones y sus modificatorias
1.3. Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones y sus modificatorias
1.4. Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales
1.5. Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
1.6. Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS
1.7. Ley Nº 28859, Ley que suprime las restricciones civiles, comerciales, administrativas y judiciales, y reduce las multas a favor de los ciudadanos omisos al sufragio
1.8. Decreto Supremo Nº 022-99-PCM que deja sin efecto el literal f del artículo 4 del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
1.9. Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolución Nº 001-2016-JNE y su modificatoria Resolución Nº 337-2017-JNE
1.10. Reglamento de Multas Electorales, aprobado por la Resolución Nº 052-2012-P/JNE.
1.11. Texto Único de Procedimientos Administrativos del Jurado Nacional de Elecciones.
1.12. Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolución Nº 0165-2020-JNE.
El presente Reglamento es de observancia obligatoria y de aplicación desde la presentación de las solicitudes de justificación y/o dispensa electoral hasta su otorgamiento, improcedencia o declaración en abandono de ser el caso. Tiene alcance para todo tipo de proceso electoral que genere multas electorales.
Son...
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