DECRETO DE URGENCIA, N° 098-2021, PODER EJECUTIVO - Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes para reforzar la respuesta sanitaria de prevención y control del dengue en el marco de la Emergencia Sanitaria por brote y riesgo inminente de brote por dengue, declarada por Decreto Supremo N° 029-2021-SA-DECRETO DE URGENCIA-N° 098-2021

Fecha de disposición27 Octubre 2021
Fecha de publicación27 Octubre 2021
MateriaDerecho Público y Administrativo

DECRETO DE URGENCIA

Nº 098-2021

DECRETO DE URGENCIA QUE

DICTA MEDIDAS EXTRAORDINARIAS

Y URGENTES PARA REFORZAR LA RESPUESTA SANITARIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL DENGUE EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR BROTE Y RIESGO INMINENTE DE BROTE POR DENGUE, DECLARADA POR DECRETO SUPREMO Nº 029-2021-SA

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 7 y 9 de la Constitución Política del Perú señalan que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, y que el Estado determina la política nacional de salud, correspondiendo al Poder Ejecutivo normar y supervisar su aplicación, siendo responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud;

Que, los numerales II y VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establecen que la protección de la salud es de interés público, y que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla, señalando que es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad, siendo irrenunciable la responsabilidad del Estado en la provisión de servicios de salud pública, precisando que el Estado interviene en la provisión de servicios de atención médica con arreglo a principios de equidad;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2021-SA se declara en Emergencia Sanitaria, por el plazo de noventa (90) días calendario, 51 distritos priorizados de los departamentos de Piura, San Martín, Loreto, Huánuco, Junín, Cajamarca, Cusco, Madre de Dios, Ayacucho, Lima, Amazonas, Ucayali, Pasco, Tumbes e Ica, conforme a lo detallado en el “Plan de Acción – Emergencia Sanitaria por brote y riesgo inminente de brote por dengue en 15 departamentos”, que forma parte de dicho Decreto Supremo;

Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada por la Ley Nº 30895, el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la función rectora a nivel nacional, la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad rectora en el Sector. Su finalidad es la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la recuperación de la salud y la rehabilitación de la salud de la población;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1156, Decreto Legislativo que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, tiene como finalidad identificar y reducir el potencial impacto negativo en la...

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