ORDENANZA, Nº 2395-2021, GOBIERNOS LOCALES - Aprueban Ordenanza que promociona el levantamiento de la condición de inhabitabilidad de los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima y otorga beneficios administrativos y tributarios-ORDENANZA-Nº 2395-2021

Fecha de disposición14 Octubre 2021
Fecha de publicación20 Octubre 2021
SecciónSección Única
MateriaDerecho del Medio Ambiente

Aprueban Ordenanza que promociona el levantamiento de la condición de inhabitabilidad de los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima y otorga beneficios administrativos y tributarios

ORDENANZA Nº 2395-2021

Lima, 14 de octubre de 2021

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como en el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización, de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, de Comercialización y Defensa del Ciudadano y de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil en sus Dictámenes N° 081-2021-MML/CMAEO, N° 147-2021-MML-CMDUVN, N° 001-2021-MML-CMCDC y N° 21-2021-MML-CMSCDC de 10, 15, 20 y 28 de setiembre de 2021, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta;

ORDENANZA

QUE PROMOCIONA EL LEVANTAMIENTO

DE LA CONDICIÓN DE INHABITABILIDAD

DE LOS INMUEBLES UBICADOS EN EL CERCADO DE LIMA Y OTORGA BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS Y TRIBUTARIOS

CAPÍTULO I Artículos 1 a 5

GENERALIDADES

Artículo 1 Objeto y finalidad.

La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el marco normativo de los procedimientos para la identificación, calificación, declaración y levantamiento de la condición de inhabitabilidad de los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima y otorgar beneficios administrativos y tributarios.

La presente Ordenanza tiene por finalidad salvaguardar la vida, la salud, la integridad física y la seguridad de las personas, así como proteger el Patrimonio Cultural de la Nación de situaciones que pongan en peligro su adecuada conservación de corresponder.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.

Las disposiciones de la presente Ordenanza son de aplicación en la jurisdicción del Cercado de Lima.

Artículo 3 Definiciones:
  1. Predio: Terreno, edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyen parte integrante de ellos y que no pudieran ser separadas, sin alterar, deteriorar o destruir la edificación.

  2. Propietario: Persona natural o jurídica que ejerce la acción de propiedad de un predio.

  3. Ocupante: Persona natural o jurídica que ocupa el predio independientemente de su condición.

  4. Declaratoria de condición de inhabitable total: Acto administrativo emitido por autoridad competente mediante el cual se declara que un inmueble presenta daños severos en sus estructuras comprometiendo su resistencia y estabilidad, que pueda producir pérdida de vidas humanas, daño a la integridad de las personas y/o la destrucción de los bienes que se encuentran en la edificación.

  5. Declaratoria de condición de inhabitable parcial: Acto administrativo emitido por autoridad competente mediante el cual se declara la condición de inhabitabilidad parcial de un sector del predio matriz.

  6. Levantamiento de condición de inhabitable total: Acto administrativo emitido por autoridad competente mediante el cual, previa evaluación técnica y legal, se determina que ha desaparecido la condición de inhabitable total o parcial del predio.

  7. Elementos estructurales: Son las partes de una construcción que sirven para darle resistencia y rigidez. Su función principal es soportar el peso de la construcción y otras fuerzas como sismos, vientos, y otros. Son las partes que mantienen a la edificación en pie.

  8. Riesgo alto: Inmueble que ha sufrido daños que han comprometido la estructura y estabilidad y frente a la ocurrencia de un sismo de alta intensidad puede sufrir la caída parcial o total del mismo.

  9. Riesgo muy alto: Se presenta en inmuebles con daños severos en sus estructuras comprometiendo su resistencia y estabilidad, que pueden producir pérdida de vidas humanas, daño a la integridad de las personas y/o la destrucción de los bienes que se encuentran en la edificación por el peligro de riesgo de colapso inminente en el que se encuentra.

  10. Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación: Procedimiento por el cual la Municipalidad a solicitud del propietario, determina que la obra o las obras pendientes de ejecución, se han concluido conforme a los planos aprobados; puede tramitarse con o sin variaciones (no sustanciales), a excepción de los predios que constituyen parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, que sólo se permite obtener una Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación sin variaciones. Regulado por el TUO de la Ley Nº 29090 y sus Reglamentos.

  11. Declaratoria de fábrica: Reconocimiento legal de la existencia de cualquier tipo de obra sujeta al Reglamento de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común. Se realiza mediante una declaración del propietario que cumple las formalidades y trámites establecidos por la Ley Nº 27157 u otra norma.

  12. Licencia de edificación: Acto administrativo emitido por autoridad competente mediante el cual, previa evaluación técnica y legal de los documentos, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, se autoriza la ejecución de una obra de edificación sobre un predio; tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses desde su emisión. La licencia es prorrogable por doce (12) meses calendario y por única vez, una vez vencido el plazo de vigencia de la Licencia es susceptible a una revalidación por única vez por el mismo plazo por el cual fue otorgada. En las intervenciones realizadas a los predios que constituyen parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, se deberá solicitar una licencia de edificación - modalidad C.

  13. Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones: Actividad mediante la cual se evalúa el riesgo y las condiciones de seguridad de la edificación vinculada con la actividad que desarrolla, se verifica la implementación de las medidas de seguridad con las que cuenta y se analiza la vulnerabilidad. La institución competente para ejecutar la ITSE debe utilizar la matriz de riesgo, aprobada por la entidad competente en la materia, para determinar si la inspección se realiza antes o después del otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento.

  14. Licencia de Funcionamiento: Es la autorización que otorgan las municipalidades para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado en favor de una persona natural o jurídica.

Artículo 4 Órgano Competente.

La declaración de inhabitabilidad de inmuebles en el ámbito del Cercado de Lima, así como el levantamiento de dicha condición, es de competencia de la Subgerencia de Renovación Urbana de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, previa opinión de la Comisión Técnica Multisectorial para la Declaración y Levantamiento de la Condición de Inhabitabilidad de Inmuebles en el Cercado de Lima.

Artículo 5 Supuestos para la identificación, calificación y declaración de inhabitabilidad de inmuebles en el Cercado de Lima.

La edificación será declarada inhabitable cuando se presenten los siguientes supuestos:

5.1. Los elementos estructurales de la edificación contienen características de riesgo alto y muy alto, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia.

5.2. Otras disposiciones aplicables sobre la materia.

CAPÍTULO II Artículos 6 a 8

DE LA COMISIÓN TÉCNICA MULTISECTORIAL

PARA LA DECLARACIÓN DE INHABITABILIDAD

DE INMUEBLES EN EL CERCADO DE LIMA

Artículo 6 De la Comisión Técnica Multisectorial para la Declaración y Levantamiento de la Condición de Inhabitabilidad de Inmuebles en el Cercado de Lima.

La “Comisión Técnica Multisectorial para la Declaración y Levantamiento de la Condición de Inhabitabilidad de Inmuebles en el Cercado de Lima”, es un órgano colegiado adscrito a la Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General.

Artículo 7 Funciones de la Comisión Técnica Multisectorial para la Declaración y Levantamiento de la Condición de Inhabitabilidad de Inmuebles en el Cercado de Lima.

Son funciones de la Comisión Técnica Multisectorial para la Declaración y Levantamiento de la Condición de Inhabitabilidad de Inmuebles en el Cercado de Lima:

  1. Pronunciarse sobre la valoración del peligro existente y vulnerabilidades, determinando el nivel de riesgo de la edificación.

  2. Pronunciarse sobre las condiciones integrales de seguridad en edificaciones.

  3. Pronunciarse sobre las declaraciones que tuviera el inmueble en el marco de los procesos de renovación urbana.

  4. Promover, articular y asegurar la conservación del patrimonio cultural en el Cercado de Lima.

  5. Comunicar a la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito, a través de la Procuraduría Pública Municipal, las acciones administrativas realizadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima a fin de prevenir la comisión de delitos que vaya en perjuicio de los ocupantes, propietarios y del inmueble, de corresponder.

  6. Evaluar y dictaminar, con carácter vinculante, la procedencia o no de la declaración total o parcial; así como el levantamiento de la condición de inhabitabilidad total o parcial de los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima.

  7. Invitar a sus sesiones a representantes de otras Gerencias de la Corporación Municipal, entidades públicas o privadas o solicitar opinión sobre determinado asunto, cuando corresponda.

Artículo 8 Conformación de la Comisión Técnica Multisectorial para la Declaración y Levantamiento de la Condición de Inhabitabilidad de Inmuebles en el Cercado de Lima.

8.1. La Comisión Técnica Multisectorial para la Declaración y Levantamiento de la Condición de Inhabitabilidad de Inmuebles en el Cercado de...

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