RESOLUCION VICE MINISTERIAL, N° 283-2021-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Modifican el “Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Primaria focalizadas con plazas de Profesores de Educación Física para el Año Fiscal 2021”-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-N° 283-2021-MINEDU
Fecha de disposición | 29 Septiembre 2021 |
Fecha de publicación | 30 Septiembre 2021 |
Sección | Sección Única |
Modifican el “Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Primaria focalizadas con plazas de Profesores de Educación Física para el Año Fiscal 2021”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 283-2021-MINEDU
Lima, 29 de septiembre de 2021
VISTOS, el Expediente Nº 0106679-2021, el Informe N° 015-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID-VPR de la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 01091-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto y el Informe Nº 01031-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 76 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, dispone que las plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por nombramiento son atendidas vía concurso público de contratación docente;
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