RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 00298-2021-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Dan por finalizada la veda reproductiva del recurso hidrobiológico pejerrey establecida por la R.M. N° 00259-2021-PRODUCE y autorizan el reinicio de actividades extractivas del citado recurso-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 00298-2021-PRODUCE
Fecha de publicación | 27 Septiembre 2021 |
Fecha de disposición | 24 Septiembre 2021 |
Dan por finalizada la veda reproductiva del recurso hidrobiológico pejerrey establecida por la R.M. N° 00259-2021-PRODUCE y autorizan el reinicio de actividades extractivas del citado recurso
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 00298-2021-PRODUCE
Lima, 24 de setiembre de 2021
VISTOS: El Oficio N° 769-2021-IMARPE/PCD del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; el Informe N° 00000259-2021-PRODUCE/DPO de la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; y el Informe N° 00000757-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 de la Ley General de Pesca, aprobada por el Decreto Ley N° 25977, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación y que, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;
Que, el artículo 9 de la Ley General de Pesca señala que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos, y que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio;
Que, con Resolución Ministerial N° 468-2016-PRODUCE se estableció el período de veda reproductiva del recurso hidrobiológico pejerrey (Odontesthes regia) a nivel nacional, en el período comprendido entre los meses de setiembre y octubre de cada año, cuya fecha de inicio y fin estará condicionada a la evolución de los valores críticos de cada índice reproductivo que estime el Instituto del Mar del Perú - IMARPE;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 00259-2021-PRODUCE se establece la veda reproductiva del recurso...
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