RESOLUCION, N° 073-2021-SUSALUD/S, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - Disponen publicar proyecto de norma que aprueba las “Disposiciones del Sistema Electrónico de Transferencia de Información de los Contratos, Planes, Programas o Productos de Salud y Notas Técnicas y del Registro de los Contratos, Planes, Programas o Productos de Salud y de las Notas Técnicas”-RESOLUCION-N° 073-2021-SUSALUD/S

Fecha de publicación09 Septiembre 2021
Fecha de disposición06 Septiembre 2021

Disponen publicar proyecto de norma que aprueba las “Disposiciones del Sistema Electrónico de Transferencia de Información de los Contratos, Planes, Programas o Productos de Salud y Notas Técnicas y del Registro de los Contratos, Planes, Programas o Productos de Salud y de las Notas Técnicas”

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 073-2021-SUSALUD/S

Lima, 6 de setiembre de 2021

VISTOS:

El Memorándum N° 00539-2021-SUSALUD/SAREFIS, de fecha 02 de agosto de 2021, de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, el Informe N° 00702-2021/INA, de fecha 31 de julio de 2021, de la Intendencia de Normas y Autorizaciones y el Informe N° 00509-2021/OGAJ, de fecha 01 de setiembre de 2021, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que conforme a los artículos 9 y 11 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud – SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) sobre la base de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS – UGIPRESS, en el ámbito de su competencia;

Que, el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR