RESOLUCION, Nº 000129-2021-SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Aprueban Norma para la Reconstrucción de expedientes en la SUNAT-RESOLUCION-Nº 000129-2021-SUNAT
Fecha de disposición | 31 Agosto 2021 |
Fecha de publicación | 02 Septiembre 2021 |
Sección | Sección Única |
Aprueban Norma para la Reconstrucción de expedientes en la SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 000129-2021-SUNAT
APRUEBA NORMA PARA LA RECONSTRUCCIÓN
DE EXPEDIENTES EN LA SUNAT
Lima, 31 de agosto de 2021
CONSIDERANDO:
Que el numeral 164.4 del artículo 164 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que si un expediente se extraviara, la administración tiene la obligación, bajo responsabilidad de reconstruir el mismo, independientemente de la solicitud del interesado, para tal efecto se aplicarán, en lo que fuera aplicable, las reglas contenidas en el artículo 140 del Código Procesal Civil;
Que el inciso h) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM, establece que la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, disponga la inmediata recuperación o reconstrucción de la información afectada por el extravío, destrucción, extracción, alteración o modificación, indebidas de la información en poder de la entidad;
Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 154-2008/SUNAT se aprobó el “Procedimiento para la Reconstrucción de Expedientes Administrativos que se tramiten ante la SUNAT”, el cual es necesario adecuarlo al marco normativo aplicable vigente e incorporar disposiciones que permitan garantizar la celeridad en su ejecución;
En uso de las facultades conferidas por el inciso m) del artículo 8 del Documento de Organización y Funciones Provisional de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 000065-2021/SUNAT;
SE RESUELVE:
Apruébese la Directiva denominada “Reconstrucción de expedientes en la SUNAT” que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y de su anexo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT (www.sunat.gob.pe).
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- Vigencia
La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
TRANSITORIA
Única.-...
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