RESOLUCION MINISTERIAL, N° 00261-2021-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Aprueban el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Fortalecimiento de Entidades de Soporte al Emprendimiento – PFESE”-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 00261-2021-PRODUCE

Fecha de disposición19 Agosto 2021
Fecha de publicación23 Agosto 2021
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Aprueban el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Fortalecimiento de Entidades de Soporte al Emprendimiento – PFESE”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 00261-2021-PRODUCE

Lima, 19 de agosto de 2021

VISTOS: El Oficio N° 1688-2021-EF/13.01 y el Informe N° 0070-2021-EF/65.02 del Ministerio de Economía y Finanzas; el Acta de Sesión N° 3 (Virtual) del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor; el Memorando N° 00000941-2021-PRODUCE/DGDE y el Informe N° 00000038-2021-PRODUCE/DIF de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Memorando N° 00001005-2021-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Informe N° 00000005-2021-PRODUCE/OGPPM y el Informe N° 00000198-2021-PRODUCE/OP de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 00000674-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, se creó el Fondo MIPYME Emprendedor con la finalidad de financiar fondos de garantía o afianzamiento para empresas del sistema financiero o del mercado de valores; así como incrementar la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) a través de instrumentos no financieros para difusión y transferencia tecnológica, innovación empresarial y mejora de la gestión y encadenamientos productivos y acceso a mercados;

Que, el numeral 3 de la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la MIPYME, emprendimientos y Startups, dispone que el Ministerio de la Producción queda autorizado a realizar transferencias financieras, con cargo a los recursos transferidos a su favor, en el marco del numeral precedente, hasta por la suma de S/ 125 000 000,00 (ciento veinticinco millones y 00/100 soles), a favor del Fondo MIPYME Emprendedor, creado por el artículo 30 de la Ley N° 30230. Dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular, previo informe favorable de la Oficina General de Presupuesto del pliego o la que haga sus veces, y se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante la Décima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 013-2020 se crea el Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, el cual promueve y asegura el cumplimiento de las políticas, estrategias y objetivos establecidos para el funcionamiento del Fondo CRECER y Fondo MIPYME Emprendedor, para lo cual ejerce las funciones de dirección, supervisión y evaluación de los instrumentos financieros y no financieros orientados a fortalecer la productividad y competitividad de las MIPYME y emprendimientos en el país;

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 225-2020-EF se aprobó el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, que tiene por objeto normar los términos y condiciones de la administración en fideicomiso y funcionamiento del fondo MIPYME Emprendedor, así como normar las funciones y otros aspectos de carácter operativo del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor;

Que, de acuerdo al numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 225-2020-EF, referido a Disposiciones Operativas, se establece que, mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción, con opinión previa favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, se aprueban los Reglamentos Operativos del Fondo MIPYME Emprendedor, a propuesta del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor;

Que, de conformidad con los literales e) y p) del numeral 16.1 del artículo 16 del Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor, es función del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor aprobar las propuestas de instrumentos de servicios no financieros en el marco del Fondo MIPYME Emprendedor, que presente alguno de los miembros del Comité de Dirección, a través de la Secretaría Técnica, así como aprobar los proyectos de reglamentos operativos del Fondo MIPYME Emprendedor, para su posterior aprobación por el Ministerio de la Producción mediante Resolución Ministerial, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 099-2021-EF/15, se aprobó el Reglamento Interno del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, en el marco del Decreto de Urgencia N° 013-2020 y del Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor;

Que, mediante Sesión N° 3 (Virtual) de fecha 11 de junio de 2021, el Comité de Dirección del Fondo MIPYME Emprendedor, a través del Acuerdo N° 005-2021 acordó aprobar la creación del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Fortalecimiento de Entidades de Soporte al Emprendimiento – PFESE” a ser financiado con cargo al Fondo MIPYME Emprendedor, así como aprobar el proyecto de Reglamento Operativo del referido Instrumento de Servicios No Financieros, los requisitos generales para las entidades solicitantes, el cofinanciamiento y contrapartida aplicable a la ejecución de cada proyecto, los gastos elegibles y no elegibles aplicables, la designación directa del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad – Innóvate Perú, (ahora Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE), como Operador del mismo y el presupuesto de la asignación y ejecución del Instrumento de Servicios No Financieros en mención;

Que, mediante Oficio N° 1688-2021-EF/13.01, el Ministerio de Economía y Finanzas no formula observación al Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Fortalecimiento de Entidades de Soporte al Emprendimiento – PFESE”, en tanto contribuirá al desarrollo del ecosistema emprendedor en el Perú, así como a establecer y mejorar los servicios de las incubadoras de empresas de las universidades licenciadas por la SUNEDU; y sugirió realizar correcciones a los errores de forma advertidos en dicho proyecto de Reglamento Operativo;

Que, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, a través de la Dirección General de Desarrollo Empresarial propone la aprobación del Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Fortalecimiento de Entidades de Soporte al Emprendimiento – PFESE”, en el marco de lo establecido por el Decreto de Urgencia N° 013-2020 y el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, aprobado mediante Decreto Supremo N° 225-2020-EF;

Que, los recursos destinados a la implementación del Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Fortalecimiento de Entidades de Soporte al Emprendimiento –PFESE” del Fondo MIPYME Emprendedor no se encuentran en el presupuesto del Pliego 038: Ministerio de la Producción, conforme a lo señalado por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

Que, resulta necesario aprobar el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Fortalecimiento de Entidades de Soporte al Emprendimiento – PFESE”, el cual constituye como un instrumento integral orientado a impulsar y fortalecer el ecosistema de emprendimiento en el Perú, enfocando su intervención en el fortalecimiento de entidades de soporte al emprendimiento y busca facilitar el fortalecimiento de capacidades para la provisión de servicios especializados de incubación, aceleración y/o facilitación del acceso a la inversión orientados a emprendimientos innovadores y dinámicos, de las entidades de soporte al emprendimiento, a través del otorgamiento de financiamiento por parte del Estado;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país; el Decreto de Urgencia N° 013-2020, que promueve el financiamiento de la MIPYME, emprendimientos y startups; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; el Decreto Supremo N° 225-2020-EF, que aprueba el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Aprobación del Reglamento Operativo

Apruébase el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Fortalecimiento de Entidades de Soporte al Emprendimiento – PFESE”, el cual consta de cuatro (4) capítulos y diecinueve (19) artículos, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

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