RESOLUCION, N° 1149-2021-MP-FN, ORGANOS AUTONOMOS, MINISTERIO PUBLICO - Dan por concluidos nombramientos y designaciones de fiscales adjuntos provinciales provisionales del Distrito Fiscal de Puno, materia de las RR. N°s 2301-2017-MP-FN, 135 y 928-2021-MP-FN, y de la Res. N° 5907-2015-MP-FN-RESOLUCION-N° 1149-2021-MP-FN

Fecha de publicación14 Agosto 2021
Fecha de disposición13 Agosto 2021

Dan por concluidos nombramientos y designaciones de fiscales adjuntos provinciales provisionales del Distrito Fiscal de Puno, materia de las RR. N°s 2301-2017-MP-FN, 135 y 928-2021-MP-FN, y de la Res. N° 5907-2015-MP-FN

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 1149-2021-MP-FN

Lima, 13 de agosto de 2021

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2301-2017-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 05 de julio de 2017 y 29 de enero de 2021, respectivamente, se nombró entre otros, al abogado Manuel Oswaldo Deza Castillo, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Puno, y se le designó en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Chucuito, desempeñándose actualmente, como apoyo, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Chucuito – Juli, en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 928-2021-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2021.

Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5907-2015-MP-FN, de fecha 23 de noviembre de 2015, se nombró a la abogada Eliana Paris Llanos, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Puno, desempeñándose actualmente en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puno.

Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de Organización y Funciones, el Fiscal de la Nación encargado tiene la facultad de nombrar fiscales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal.

Que, la provisionalidad de los fiscales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución, que no genera más derechos que los inherentes al cargo provisional que se ejerce; tal como se ha fundamentado en reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional.

Que, en tal sentido, estando a lo señalado en el oficio Nº1441-2021-MP-FN-PJFSPUNO, cursado por el abodago Juan Carlos Huanca Mamani, Presidente de la Junta de Fiscales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR