RESOLUCION MINISTERIAL, N° 108-2021-MINCETUR, PODER EJECUTIVO, COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - Aprueban la Metodología para el cálculo de las multas y la determinación de los factores agravantes y atenuantes, aplicables a los operadores MISLO en el marco del Procedimiento Administrativo Sancionador establecido en el D.S. N° 007-2020-MINCETUR-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 108-2021-MINCETUR

Fecha de publicación25 Julio 2021
Fecha de disposición25 Julio 2021

Aprueban la Metodología para el cálculo de las multas y la determinación de los factores agravantes y atenuantes, aplicables a los operadores MISLO en el marco del Procedimiento Administrativo Sancionador establecido en el D.S. N° 007-2020-MINCETUR

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 108-2021-MINCETUR

Lima, 23 de julio de 2021

Visto, los Informes N° 0008-2021-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DFCE-IHP y N° 0016-2021-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DFCE-CCT, emitidos por la Dirección de Facilitación del Comercio Exterior de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; el Memorándum N° 356-2021-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; y el Memorándum N° 548-2021-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

CONSIDERANDO:

Que, el literal b) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que entre las funciones generales de los Ministerios, se encuentra la de aprobar las disposiciones normativas que les correspondan;

Que, según el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el citado Ministerio “define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la política de comercio exterior y de turismo. Tiene la responsabilidad en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Economía y Finanzas y los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias. Asimismo, está encargado de la regulación del Comercio Exterior. El titular del sector dirige las negociaciones comerciales internacionales del Estado y está facultado para suscribir convenios en el marco de su competencia (…)”.

Que, mediante el numeral...

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