DECRETO SUPREMO, N° 013-2021-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Decreto Supremo que aprueba la creación del “Servicio de Orientación frente a la Discriminación Étnico - Racial - ORIENTA”-DECRETO SUPREMO-N° 013-2021-MC

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición20 de Julio de 2021

Decreto Supremo que aprueba la creación del “Servicio de Orientación frente a la Discriminación Étnico - Racial - ORIENTA”

decreto supremo

N° 013-2021-MC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado; por tanto, es obligación del Estado y la sociedad garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales, teniendo como fuerza vinculante el principio-derecho de dignidad humana;

Que, los numerales 1, 2 y 19 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establecen que toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar; así como derecho a la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole; toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural, y el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación;

Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, el inciso d) del artículo 4 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, establece como área programática de acción del Ministerio de Cultura, la pluralidad étnica y cultural de la Nación;

Que, el artículo 15 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, señala que el Viceministerio de Interculturalidad es la autoridad inmediata al Ministerio de Cultura en asuntos de interculturalidad e inclusión de Poblaciones Originarias;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, que define como una sus funciones generales promover el desarrollo cultural a través del diálogo intercultural y el reconocimiento de la diversidad cultural entre los peruanos, la protección de la diversidad biológica y los conocimientos colectivos de los pueblos y el desarrollo integral de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuano;

Que, el numeral 11.2 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado...

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