RESOLUCION, Nº 0564-2021/SBN-DGPE-SDDI, ORGANISMOS EJECUTORES, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES - Rectifican error material contenido en el artículo 1º de la Resolución N° 0518-2021/SBN-DGPE-SDDI, que aprobó desafectación de dominio público a dominio privado del Estado de predio ubicado en el departamento de Ucayali-RESOLUCION-Nº 0564-2021/SBN-DGPE-SDDI

EmisorOrganismos Ejecutores
Fecha de la disposición30 de Junio de 2021

Rectifican error material contenido en el artículo 1º de la Resolución N° 0518-2021/SBN-DGPE-SDDI, que aprobó desafectación de dominio público a dominio privado del Estado de predio ubicado en el departamento de Ucayali

SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO

RESOLUCIÓN Nº 0564-2021/SBN-DGPE-SDDI

San Isidro, 30 de junio de 2021

VISTO:

El Expediente Nº 485-2021/SBNSDDI, mediante el cual se ha tramitado, DESAFECTACIÓN ADMINISTRATIVA del área de 984,80 m² ubicada en el Lote 1 de la Manzana 3 del Centro Poblado Campo Verde, distrito de Campo Verde, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, inscrito en la Partida Registral Nº P19006422 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Pucallpa, anotado con CUS Nº 110161; (en adelante “el predio”), solicitada por la SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PATRIMONIO ESTATAL – SDAPE, en el marco del procedimiento de Constitución de Derecho de Usufructo seguido por ROGER PEREZ LA TORRE en el Expediente Nº 017-2019/SBNSDAPE.; y,

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (en adelante “SBN”), en virtud de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA (en adelante el “TUO de la Ley Nº 29151”), el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA (en adelante “el Reglamento”), es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que constituye el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, responsable de normar, entre otros, los actos de disposición de los predios del Estado, como de ejecutar dichos actos respecto de los predios que se encuentran bajo su administración; siendo la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario (en adelante, “SDDI”), el órgano competente en primera instancia, para programar, aprobar y ejecutar los procesos operativos de los mismos, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 47º y 48º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA (en adelante, “ROF de la SBN”).

  2. Que, mediante la Resolución Nº 0518-2021/SBN-DGPE-SDDI del 17 de junio del 2021, se...

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