RESOLUCION JEFATURAL, Nº 139-2021-PERU COMPRAS, ORGANISMOS EJECUTORES - Aprueban la Directiva N° 006-2021-PERÚ COMPRAS, denominada “Lineamientos para la implementación y operación del Catálogo Electrónico de Acuerdos Marco”-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 139-2021-PERU COMPRAS

EmisorOrganismos Ejecutores
Fecha de la disposición 9 de Julio de 2021

Aprueban la Directiva Nº 006-2021-PERÚ COMPRAS, denominada “Lineamientos para la implementación y operación del Catálogo Electrónico de Acuerdos Marco”

Resolución Jefatural

Nº 139-2021-PERÚ COMPRAS

Lima, 9 de julio de 2021

VISTO:

El Informe Nº 000156-2021-PERÚ COMPRAS-DAM, de fecha 24 de junio de 2021, emitido por la Dirección de Acuerdos Marco; el Informe Nº 000083-2021-PERÚ COMPRAS-OPP, de fecha 5 de julio de 2021, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 000250-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 6 de julio de 2021, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras: realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1018, modificado por la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado;

Que, por Decreto Supremo Nº 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS;

Que, el artículo 1 el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante “TUO de la Ley”, señala que su finalidad es establecer normas orientadas a maximizar el valor de los recursos públicos que se invierten y a promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en las contrataciones de bienes, servicios y obras, de tal manera que estas se efectúen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, permitan el cumplimiento de los fines públicos y tengan un repercusión positiva y en las condiciones de la vida de los ciudadanos;

Que, en el artículo 31 del TUO de la Ley se desarrolla lo relacionado a los métodos especiales de contratación, precisándose que, las Entidades contratan, sin realizar procedimiento de selección, los bienes y servicios que se incorporen en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco como producto de la formalización de Acuerdos Marco; asimismo, se señala que, el reglamento establece los procedimientos para implementar o mantener Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco;

Que, el artículo 113 del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatorias, en adelante el “Reglamento”, dispone que la contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco se realiza sin mediar procedimiento de selección, siempre y cuando los bienes y/o servicios formen parte de dichos Catálogos. El acceso a los catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco se realiza en forma electrónica, a través del SEACE;

Que, el numeral 115.2 del artículo 115 del Reglamento prescribe que PERÚ COMPRAS aprueba disposiciones complementarias para la implementación, extensión de vigencia y gestión de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco;

Que, mediante Informe Nº 000156-2021-PERÚ COMPRAS-DAM, la Dirección de Acuerdos Marco sustenta y propone la directiva denominada “Lineamientos para la implementación y operación del Catálogo Electrónico de Acuerdos Marco”, la cual tiene como finalidad optimizar la compra pública, logrando el mejor valor por dinero en las contrataciones a través del método especial de contratación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. Dicho documento cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Análisis de Mercado y la Dirección de Estandarización y Sistematización, según los Memorandos 000130-2021-PERÚ COMPRAS-DAMER y 000348-2021-PERÚ COMPRAS-DES, respectivamente;

Que, con Informe Nº 000083-2021-PERÚ COMPRAS-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable al proyecto de directiva propuesto por la Dirección de Acuerdos Marco;

Que, a través del Informe Nº 0000840-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica considera que, el documento normativo propuesto se encuentra conforme al marco legal vigente; asimismo, recomienda derogar la Directiva Nº 013-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada con Resolución Jefatural Nº 096-2016-PERÚ COMPRAS, por encontrarse recogida en la nueva directiva;

Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Acuerdos Marco, la Dirección de Análisis de Mercado, la Dirección de Estandarización y Sistematización, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatorias; la Directiva Nº 002-2019-PERÚ COMPRAS, aprobada por la Resolución de Gerencia General Nº 013-2019-PERÚ COMPRAS/GG; y, en uso de la atribución conferida por el literal y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 052-2019-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Primero Aprobar la Directiva Nº 006-2021-PERÚ COMPRAS, denominada “Lineamientos para la implementación y operación del Catálogo Electrónico de Acuerdos Marco”, la misma que, en dieciocho (18) páginas, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo La directiva aprobada en el artículo precedente entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Tercero Derogar, la Directiva Nº 013-2016-PERÚ COMPRAS denominada “Directiva de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco”, aprobada con Resolución Jefatural Nº 096-2016-PERÚ COMPRAS.
Artículo Cuarto Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información realice la publicación de la presente Resolución y la directiva aprobada, en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas (https://www.gob.pe/perucompras) y la intranet institucional.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO MASUMURA TANAKA

Jefe de la Central de Compras

Públicas – PERÚ COMPRAS

Directiva Nº 006-2021-PERÚ COMPRAS

LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y OPERACIÓN DEL CATÁLOGO ELECTRÓNICO DE ACUERDOS MARCO

REVISIÓN:

Versión 1.0

Elaborado por:

Dirección de Acuerdos Marco Revisado por:

Dirección de Análisis de Mercado

Dirección de Estandarización y Sistematización

Oficina de Planeamiento y Presupuesto

Oficina de Asesoría Jurídica

Aprobado por:

Jefatura

Fecha de aprobación: 9 de julio de 2021

  1. OBJETIVO.

    Establecer lineamientos para el desarrollo del proceso de implementación y la operación de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.

  2. FINALIDAD.

    Optimizar la compra pública, logrando el mejor valor por dinero (eficiencia, eficacia y economía) en las contrataciones a través del método especial de contratación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.

  3. BASE LEGAL.

    3.1 Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.

    3.2 Decreto Legislativo Nº 1018, que crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS.

    3.3 Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento.

    3.4 Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

    3.5 Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante TUO de la Ley.

    3.6 Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante Reglamento.

    3.7 Decreto Supremo Nº 217-2019-EF, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Abastecimiento.

    3.8 Decreto Supremo Nº 052-2019-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS.

    3.9 Directiva Nº 007-2017-OSCE/CD, Disposiciones aplicables a las contrataciones que efectúen las Entidades a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.

    3.10 Directiva Nº 002-2019-PERÚ COMPRAS, Normas para la formulación, aprobación y actualización de documentos normativos en la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias, complementarias, y conexas, de ser el caso.

  4. AMBITO DE APLICACIÓN.

    Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente Directiva:

    4.1 La Dirección de Análisis de Mercado, la Dirección de...

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