RESOLUCION DIRECTORAL, N° 0010-2021-EF/54.01, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban la Directiva N° 0003-2021-EF/54.01, “Disposiciones previas al arrendamiento de bienes inmuebles por parte de los ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales”-RESOLUCION DIRECTORAL-N° 0010-2021-EF/54.01

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición30 de Junio de 2021

Aprueban la Directiva N° 0003-2021-EF/54.01, “Disposiciones previas al arrendamiento de bienes inmuebles por parte de los ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales”

Resolución Directoral

N° 0010-2021-EF/54.01

Lima, 30 de junio de 2021

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento, y tiene entre sus funciones, ejercer la máxima autoridad técnico-normativa de dicho Sistema, aprobar la normatividad y los procedimientos que lo regulan; así como, programar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la gestión de las actividades que lo componen;

Que, de acuerdo con el numeral 1 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1439, el Sistema Nacional de Abastecimiento se rige, entre otros, por el Principio de Economía, que consiste en que las entidades del Sector Público gestionan sus actos aplicando criterios de simplicidad, ahorro en el uso de bienes, servicios y obras, empleo razonable de los recursos públicos y maximización del valor por dinero;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1439 señala que el Sistema Nacional de Abastecimiento comprende los siguientes componentes: (i) Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras; (ii) Gestión de Adquisiciones; y, (iii) Administración de Bienes, siendo que este último incluye a los bienes inmuebles y bienes muebles;

Que, el numeral 1 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 217-2019-EF, define a los “bienes inmuebles” como aquellas edificaciones bajo administración de las entidades, independientemente del título jurídico en virtud del cual la ejercen, incluyendo los terrenos sobre los cuales han sido construidas, destinadas al cumplimiento de sus fines, tales como sedes institucionales, archivos, almacenes, depósitos, entre otros, independientemente de su uso efectivo;

Que, el artículo 8 del citado Reglamento, señala que el componente “Administración de Bienes” permite, entre otros aspectos, gestionar y asegurar la trazabilidad de los bienes inmuebles de las entidades, en el marco de la Cadena de Abastecimiento Público, a través, entre otros, de su distribución y disposición final, a fin de optimizar su aprovechamiento para el logro, por parte de las entidades, de las metas u objetivos estratégicos y operativos;

Que, por su parte, el artículo 24 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1439 establece que, en virtud del Principio de Eficiencia del Sistema Nacional de Abastecimiento, la Dirección General de Abastecimiento, en su condición de ente rector, y en aplicación del carácter vinculante de la opinión que emite, evalúa la condición física, técnica y legal de los bienes inmuebles, a fin de disponer los actos que correspondan para la optimización de su uso, asimismo, efectúa la aprobación de los actos de administración o disposición respecto de los bienes inmuebles de titularidad del Estado;

Que, asimismo, el artículo 23 del citado Reglamento establece que la Cartera Inmobiliaria Pública es una herramienta desarrollada por la Dirección General de Abastecimiento, que agrupa los bienes inmuebles disponibles para las entidades, permitiendo su identificación y facilitando su distribución para el uso de estas, a fin de cumplir sus metas u objetivos estratégicos y operativos;

Que, además, el artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1439, señala que el componente “Gestión de Adquisiciones” comprende la contratación, que constituye una actividad a fin de que las entidades se provean de bienes, servicios y obras asumiendo el pago con fondos públicos, para el logro de sus metas u objetivos estratégicos y operativos, tal como, el arrendamiento de bienes inmuebles para sedes institucionales, oficinas administrativas, almacenes, depósitos, talleres, laboratorios, archivos y otros;

Que, en atención a lo señalado, la Dirección de Bienes Inmuebles, propone la aprobación de una directiva cuyo objeto es establecer disposiciones previas al arrendamiento de bienes inmuebles destinados a sedes institucionales y oficinas administrativas, almacenes, depósitos, talleres, laboratorios, archivos y otros, que tienen que realizar los ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales, la cual cuenta con opinión favorable de la Dirección de Normatividad y de la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Abastecimiento;

Que, en tal sentido, en el marco de las facultades de la Dirección General de Abastecimiento, establecidas en el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, referidas a la aprobación de la normatividad y los procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Abastecimiento, resulta necesario aprobar disposiciones previas al arrendamiento de bienes inmuebles por parte de los ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales, que contribuirá a una adecuada gestión de los bienes inmuebles con los que cuentan y a un uso razonable de los fondos públicos de requerirse el arrendamiento de inmuebles;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 217-2019-EF, y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF-41;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Objeto

Aprobar la Directiva N° 0003-2021-EF/54.01, “Disposiciones previas al arrendamiento de bienes inmuebles por parte de los ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales”, que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2 Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como, de la Directiva N° 0003-2021-EF/54.01, “Disposiciones previas al arrendamiento de bienes inmuebles por parte de los ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales”, en el portal institucional del Ministerio de Economía y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR