ORDENANZA, Nº 310-2021/MDSB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO - Ordenanza que aprueba Beneficios Tributarios por el Estado de Emergencia Nacional por el brote del Coronavirus (COVID-19) en el distrito de San Bartolo-ORDENANZA-Nº 310-2021/MDSB

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 2 de Julio de 2021

Ordenanza que aprueba Beneficios Tributarios por el Estado de Emergencia Nacional por el brote del Coronavirus (COVID-19) en el distrito de San Bartolo

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 310-2021/MDSB

San Bartolo, 11 de junio de 2021

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN

BARTOLO

VISTOS:

El Informe Nº 224-2021-GAJ/MDSB, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 007-2021-GATFAT/MDSB, de la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización Administrativa y Tributaria; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que los Órganos de Gobierno Local son las Municipalidades Provinciales y Distritales, las cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, el artículo 41º del TUO del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que la deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales pueden condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren, siendo que, en el caso de contribuciones y tasas, dicha condonación también podrá alcanzar al tributo (insoluto). Y el numeral 25.4 del artículo 25º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que dentro del procedimiento de ejecución coactiva también serán exigibles, en el mismo procedimiento, costas y gastos en los que la entidad hubiera incurrido en la cobranza coactiva de las deudas tributarias.

Que, según el artículo 101º inciso d) del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Bartolo aprobado mediante Ordenanza N°288-2019/MDSB establece que es función de esta Subgerencia “Analizar y plantear estrategias de cobranza, respecto a la cartera corriente y pesada”.

Que, mediante el Memorándum Nº 007-2021-GATFAT/MDSB de la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización Administrativa y Tributaria, propone la aprobación de la Ordenanza Municipal que establece beneficios tributarios, dentro del contexto del Estado de Emergencia a consecuencia del COVID-19, en el...

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