RESOLUCION MINISTERIAL, N° 231-2021-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Crean el cargo de Acompañante Pedagógico en el Área de Desempeño Laboral de Formación Docente de la Carrera Pública Magisterial-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 231-2021-MINEDU

Fecha de disposición23 Junio 2021
Fecha de publicación24 Junio 2021
SecciónSección Única

Crean el cargo de Acompañante Pedagógico en el Área de Desempeño Laboral de Formación Docente de la Carrera Pública Magisterial

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 231-2021-MINEDU

Lima, 23 de junio de 2021

VISTOS, el Expediente N° 88015-2020, los Informes N° 00671-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, N° 00178-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN y N° 00392-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, los Informes N° 923-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, N° 01146-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, N° 01218-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, N° 1801-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, N° 00205-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS y N° 00944-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS de la Dirección de Formación Docente en Servicio, los Informes Nº 00210-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y Nº 00618-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 00747-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, según lo dispuesto por el artículo 13 de la referida Ley, la calidad de la educación es el nivel óptimo de formación que debe alcanzar las personas para enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar aprendiendo durante toda la vida, siendo uno de los factores que interactúan para el logro de la referida calidad educativa una carrera pública docente y administrativa en todos los niveles del sistema educativo, que incentive el desarrollo profesional y buen desempeño laboral;

Que, el artículo 3 de La Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que la Carrera Pública Magisterial tiene como...

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