LEY, Nº 31232, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que modifica la Ley 30291, Ley que declara en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la Zona Baja del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto-LEY-Nº 31232

EmisorPoder Legislativo
Fecha de la disposición23 de Junio de 2021

LEY Nº 31232

LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LA LEY 30291,

LEY QUE DECLARA EN EMERGENCIA

Y DE NECESIDAD PÚBLICA LA REUBICACIÓN DE LA POBLACIÓN DE LA ZONA BAJA DEL DISTRITO DE BELÉN, PROVINCIA DE MAYNAS, DEPARTAMENTO DE LORETO

Artículo 1 Modificación del artículo 1 de la Ley 30291, Ley que declara en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la Zona Baja del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto

Adiciónase un segundo párrafo en el artículo 1 de la Ley 30291, Ley que declara en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la Zona Baja del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto, con el siguiente texto:

Artículo 1. Declaración de emergencia y de necesidad pública

[...]

La población de la zona sujeta a reubicación será la que voluntariamente se acoja a los beneficios de la presente ley

.

Artículo 2 Sustitución de las disposiciones complementarias finales segunda, tercera y cuarta de la Ley 30291, Ley que declara en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la Zona Baja del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto

Sustitúyense las disposiciones complementarias segunda, tercera y cuarta de la Ley 30291, Ley que declara en emergencia y de necesidad pública la reubicación de la población de la Zona Baja del distrito de Belén, provincia de Maynas, departamento de Loreto, con la siguiente redacción:

DISPOSICIONES

COMPLEMENTARIAS FINALES

[...]

SEGUNDA. Población de la Zona Baja de Belén

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), en coordinación con los sectores involucrados, la Municipalidad Distrital de Belén, la población afectada y la sociedad civil del distrito, analizarán, en un plazo máximo de 60 días a partir de la publicación de la presente ley, la situación actual de la Zona Baja de...

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