RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 766-2021/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Suspenden, en la etapa de inscripción para postular al proceso SERUMS 2021-I, la obligación de presentar la copia del título profesional autenticada; en consecuencia, se autoriza de forma excepcional la inscripción de los profesionales de la salud con el registro de colegiatura profesional, y dictan otras disposiciones-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 766-2021/MINSA

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición17 de Junio de 2021

Suspenden, en la etapa de inscripción para postular al proceso SERUMS 2021-I, la obligación de presentar la copia del título profesional autenticada; en consecuencia, se autoriza de forma excepcional la inscripción de los profesionales de la salud con el registro de colegiatura profesional, y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 766-2021/MINSA

Lima, 17 de junio del 2021

Vistos; los Expedientes Nºs. 21-065022-001/002, que contienen el Informe Nº 214-2021-DIPLAN-DIGEP/MINSA y el Informe Nº 223-2021-DIPLAN-DIGEP/MINSA de la Dirección General de Personal de la Salud del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1161 y modificatorias, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que es ámbito de su competencia los Recursos Humanos en Salud; siendo una de sus funciones rectoras dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-SERUMS, establece que el SERUMS será prestado por los profesionales de las ciencias de la salud que obtengan su título a partir de la vigencia de la citada Ley, siendo este servicio requisito indispensable para ocupar cargos en entidades públicas, ingresar a los programas de segunda especialización profesional y recibir del Estado beca u otra ayuda equivalente para estudios o perfeccionamiento;

Que, el artículo 25 del Reglamento de la Ley Nº 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-SERUMS, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-97-SA y sus modificatorias, establece la documentación que todo postulante a una plaza SERUMS debe presentar al momento de la inscripción;

Que, el literal b) del artículo 25 del citado Reglamento, establece para todos los profesionales de las ciencias de la salud que, al momento de la inscripción para postulación al SERUMS, deberán presentar la copia del título profesional autenticada correspondiente;

Que, el artículo 114 y literal k) del artículo 115 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de...

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