RESOLUCION, Nº 012-2021-SMV/01 - Modifican el Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras-RESOLUCION-Nº 012-2021-SMV/01

EmisorSeparatas de Normas Legales
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2021

Modifican el Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras

Resolución SMV

Nº 012-2021-SMV/01

Lima, 4 de junio de 2021

VISTOS:

El Expediente N° 2021021693, el Informe Conjunto N° 623-2021-SMV/10/06/12 del 2 de junio de 2021, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el Proyecto que modifica el artículo 91 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV N° 068-2010-EF/94.01.1 (en adelante, Proyecto);

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 (en adelante, Ley Orgánica), la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos;

Que, el literal b) del artículo 5 de la Ley Orgánica establece como atribución del Directorio de la SMV la aprobación de la normativa del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos, así como aquella a la que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a la supervisión de la SMV;

Que, mediante Resolución CONASEV N° 068-2010-EF/94.01.1 se aprobó el Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras (en adelante, Reglamento);

Que, conforme con el primer párrafo del artículo 91 del Reglamento, en caso de excesos de participación debidos a la suscripción de cuotas que superen los límites establecidos en la Ley del Mercado de Valores, aprobada por el Decreto Legislativo 861 (en adelante, Ley) y en el Reglamento, la sociedad administradora debe proceder al rescate del exceso...

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