RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 00154-2021-PRODUCE - Dan por concluidas actividades extractivas del recurso bonito efectuadas por embarcaciones pesqueras de cerco (arte de pesca activo), y precisan que no aplica a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones pesqueras artesanales que emplean artes y aparejos de pesca pasivos-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 00154-2021-PRODUCE

EmisorSeparatas de Normas Legales
Fecha de la disposición 2 de Junio de 2021

Dan por concluidas actividades extractivas del recurso bonito efectuadas por embarcaciones pesqueras de cerco (arte de pesca activo), y precisan que no aplica a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones pesqueras artesanales que emplean artes y aparejos de pesca pasivos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00154-2021-PRODUCE

Lima, 2 de junio de 2021

VISTOS: El Memorando N° 00000487-2021-PRODUCE/DGSFS-PA de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción; el Informe N° 00000156-2021-PRODUCE/DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; y el Informe N° 00000375-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en su artículo 2, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación y que, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;

Que, el artículo 9 de la Ley General de Pesca señala que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos, y que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 463-2020-PRODUCE, modificada con Resolución Ministerial N° 00124-2021-PRODUCE, se estableció el límite de captura...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR