RESOLUCION, Nº 021-2021/CLC-INDECOPI, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL - Aprueban el «Formulario Ordinario de Notificación» y el «Formulario Simplificado de Notificación»-RESOLUCION-Nº 021-2021/CLC-INDECOPI

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2021

Aprueban el «Formulario Ordinario de Notificación» y el «Formulario Simplificado de Notificación»

RESOLUCIÓN 021-2021/CLC-INDECOPI

19 de mayo de 2021

VISTOS:

El «Proyecto de Formulario Ordinario de Notificación» y el «Proyecto de Formulario Simplificado de Notificación» presentados por la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (en adelante, la “Secretaría Técnica”), y el análisis realizado por la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (en adelante, la “Comisión”); y,

CONSIDERANDO:

  1. Con fecha 7 de enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley No. 31112, Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial (en adelante, la “Ley de control de concentraciones”), mediante la cual se dispuso la implementación de un régimen de control previo de operaciones de concentración empresarial en todos los sectores de la economía nacional.

  2. Asimismo, el 4 de marzo de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo No. 039-2021-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial (en adelante, el “Reglamento de la Ley de control de concentraciones”).

  3. Conforme lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de la mencionada Ley, deben ser notificados al Indecopi para su correspondiente evaluación aquellos actos que: (i) califiquen como operaciones de concentración empresarial; y, (ii) superen los umbrales de notificación1.

  4. Para realizar dicha notificación, los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley de control de concentraciones disponen que los agentes económicos que proyectan llevar a cabo la operación de concentración deberán presentar: (i) una solicitud de autorización; y (ii) un formulario suscrito en calidad de declaración jurada2.

    Este formulario recoge una serie de información relevante para el análisis de la operación, tal como los antecedentes necesarios para identificar el tipo de operación, los agentes que participan en ella, y elementos que permitan evaluar sus posibles efectos en el mercado, conforme lo dispuesto en el numeral 21.1 del artículo 21 de la Ley de control de concentraciones3.

  5. Al respecto, el Reglamento de la Ley de control de concentraciones dispone que la Comisión, a propuesta de la Secretaría Técnica, deberá aprobar dos tipos de Formularios de Notificación: Ordinario4 y Simplificado5. Este último aplicará únicamente para aquellos casos que se encuentren en los supuestos establecidos en el artículo 10 del mencionado Reglamento6.

    Cabe señalar que ambos Formularios de Notificación también serán aplicables a las notificaciones voluntarias acorde con lo...

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