DECRETO SUPREMO, N° 112-2021-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban el Plan Estratégico Multisectorial de la Política Nacional de Inclusión Financiera-DECRETO SUPREMO-N° 112-2021-EF
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 20 de Mayo de 2021 |
Aprueban el Plan Estratégico Multisectorial de la Política Nacional de Inclusión Financiera
decreto supremo
N° 112-2021-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo N° 255-2019-EF, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Inclusión Financiera y modifica el Decreto Supremo N° 029-2014-EF, que crea la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera, se aprueba la Política Nacional de Inclusión Financiera (PNIF), a fin de contribuir con el desarrollo económico descentralizado e inclusivo, con la participación de los sectores público y privado, y en el marco de la preservación de la estabilidad financiera, y de acuerdo al marco legal aplicable;
Que, mediante el artículo 4 del Decreto Supremo N° 255-2019-EF, se establece que las entidades del Estado responsables de los Objetivos Prioritarios, lineamientos y proveedores de los servicios de la PNIF, están a cargo de la implementación y ejecución de la misma, conforme a su autonomía y competencias;
Que, según lo dispuesto por el numeral 3.1. del artículo 3 del Decreto Supremo N° 029-2014-EF, la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera está integrada por el Ministerio de Economía y Finanzas, quien lo preside, la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Agricultura y Riego, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, la Superintendencia de Mercado de Valores y el Banco de la Nación;
Que, el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Supremo 029-2014-EF, establece que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, la Superintendencia de Mercado de Valores y el Banco de la Nación apoyan a los Ministerios citados en el numeral anterior, en la implementación de la Política Nacional de Inclusión Financiera, conforme a su autonomía y competencias;
Que, los incisos 1 y 3 del numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo 029-2014-EF, establecen que la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera, tiene entre...
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