DECRETO SUPREMO, N° 115-2021-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban otorgamiento de Garantía del Gobierno Nacional al Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE)-DECRETO SUPREMO-N° 115-2021-EF
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 20 de Mayo de 2021 |
Aprueban otorgamiento de Garantía del Gobierno Nacional al Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE)
Decreto Supremo
N° 115-2021-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, a fin de adoptar medidas que permitan minimizar la afectación que continúa produciendo la COVID-19 en la economía de las personas naturales y jurídicas cuyas actividades cotidianas han tenido que suspenderse ante las restricciones dispuestas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, se emite el Decreto de Urgencia Nº 019-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento a micro y pequeños empresarios para la reducción del impacto del COVID-19;
Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del acotado Decreto de Urgencia N° 019-2021 señala que la Garantía del Gobierno Nacional al Programa de Apoyo Empresarial a las micro y pequeñas empresas (PAE-MYPE) solo cubre los créditos para capital de trabajo en moneda nacional que sean colocados por las Empresas del Sistema Financiero (ESF) y las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público que se encuentren en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (COOPAC);
Que, el numeral 2.5 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 019-2021 autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, durante el Año Fiscal 2021, a otorgar la Garantía del Gobierno Nacional a las carteras de créditos destinados para capital de trabajo que cumplan con las condiciones y requisitos para acceder al PAE-MYPE, hasta por la suma de S/ 2 000 000 000,00 (DOS MIL MILLONES Y 00/100 SOLES);
Que, el numeral 2.6 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 019-2021 dispone que el otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional está fuera de los montos máximos autorizados en el numeral 3.2 del artículo 3 de la Ley Nº 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021;
Que, el numeral 2.9 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 019-2021 dispone que el otorgamiento de la referida Garantía del Gobierno Nacional, en los términos y...
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