RESOLUCION, N° 434-2021-SUCAMEC, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL - Oficializan la aprobación de la actualización del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en la SUCAMEC”-RESOLUCION-N° 434-2021-SUCAMEC

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2021

Oficializan la aprobación de la actualización del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en la SUCAMEC”

resolución de superintendencia

Nº 434-2021-SUCAMEC

Lima, 4 de mayo de 2021

VISTOS:

El Acta N° 001-2021-SUCAMEC-CSST, a través del cual el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la entidad aprueba la actualización del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en la SUCAMEC”; el Informe N° 00116-2020-SUCAMEC-OGRH, Informe N° 00015-2021-SUCAMEC-OGRH, Informe N° 00054-2021-SUCAMEC-OGRH e Informe N° 00089-2021-SUCAMEC-OGRH emitidos por la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe Técnico N° 00157-2020-SUCAMEC-OGPP e Informe Técnico N° 00083-2021-SUCAMEC-OGPP emitidos por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 00328-2021-SUCAMEC-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;

Que, la SUCAMEC fue creada con la finalidad de fortalecer las competencias del Sector Interior en el control, administración, supervisión, fiscalización, regulación normativa y sanción de las actividades en el ámbito de los servicios de seguridad privada, fabricación y comercio de armas, municiones y materiales relacionados, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil;

Que, el literal h) del artículo 15° del Decreto Legislativo N° 1127 y el literal j) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF...

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