DECRETO SUPREMO, N° 006-2021-MINCETUR, PODER EJECUTIVO, COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Turismo-DECRETO SUPREMO-N° 006-2021-MINCETUR

Fecha de disposición02 Mayo 2021
Fecha de publicación02 Mayo 2021
SecciónSección Única
MateriaDerecho Procesal

Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Turismo

DECRETO SUPREMO

Nº 006-2021-MINCETUR

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), dicho Ministerio se constituye como ente rector en materia de comercio exterior y turismo, teniendo entre sus funciones establecer el marco normativo para el desarrollo de las actividades turísticas, supervisando el cumplimiento de la normatividad emitida en el ámbito de su competencia;

Que, mediante Ley Nº 29408, se aprobó la Ley General de Turismo, la misma que fue reglamentada mediante Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR;

Que, por Ley Nº 30753 se modificó los artículos 11, 12 y 24 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo; que entre otros regulan el procedimiento para la aprobación del Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR); del Plan Estratégico Regional de Turismo (PERTUR) y del procedimiento para la declaración de las Zonas de Desarrollo Turístico Prioritario (ZDTP);

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 de la Ley Nº 30753, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, se debe adecuar el Reglamento de la Ley General de Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR;

De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Decreto Supremo Nº 002-2005-MINCETUR y sus modificaciones, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

DECRETA:

Artículo 1 Modificación del Reglamento de la Ley General de Turismo

Modifícanse los artículos 7, 14, 15, 24 y 25 del Reglamento de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR, los mismos que quedan redactados en los siguientes términos:

Artículo 7.- Opinión técnica del MINCETUR

7.1 El MINCETUR, a través del Viceministerio de Turismo, emite las opiniones técnicas a las que se refieren los numerales 5.8 y 5.15 del artículo 5, del artículo 12 y el último párrafo del artículo 24 de la Ley, dentro del plazo máximo de treinta...

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