RESOLUCION, N° 015 -2021-SUNARP/SN, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS - Aprueban formatos para la emisión del Duplicado de Tarjeta de Identificación Vehicular y para cambio de las características registrables del vehículo automotor -RESOLUCION-N° 015 -2021-SUNARP/SN

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición20 de Abril de 2021

Aprueban formatos para la emisión del Duplicado de Tarjeta de Identificación Vehicular y para cambio de las características registrables del vehículo automotor

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

N° 015 -2021-SUNARP/SN

Lima, 19 de abril de 2021

VISTOS; los Informes Técnicos N° 039-2021-SUNARP-SOR/DTR, del 15 de abril de 2021 y N° 042-2021-SUNARP-SOR/DTR, del 19 de abril de 2021 de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 328-2021-SUNARP/OGTI del 14 de abril del 2021 de la Oficina General de Tecnologías de la Información y el Informe N° 307-2021-SUNARP/OGAJ, del 14 de abril del 2021, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp, es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;

Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio de los ciudadanos;

Que, mediante Decreto Supremo N° 036-2001-JUS se regulan los requisitos, entre otros, para la inscripción del cambio de las características registrables del vehículo automotor y para la emisión del Duplicado de Tarjeta de Identificación Vehicular ante la pérdida, destrucción o deterioro de ésta, en las cuales se requiere de la intervención del Notario a través del formulario notarial en papel de seguridad con la respectiva certificación de firma del titular registral del vehículo automotor;

Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2021-JUS se modifica el Decreto Supremo...

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