RESOLUCION MINISTERIAL, N° 343-2021-MTC/01.02, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Dan por concluida la reclasificación temporal de la Ruta N° UC-107, Tramo: Dv. Aeropuerto - Cementerio Jardines del Recuerdo, como Ruta Departamental o Regional de la Red Vial del Departamento de Ucayali, dispuesta en la R.M. N° 686-2018-MTC/01.02-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 343-2021-MTC/01.02

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Abril de 2021

Dan por concluida la reclasificación temporal de la Ruta Nº UC-107, Tramo: Dv. Aeropuerto - Cementerio Jardines del Recuerdo, como Ruta Departamental o Regional de la Red Vial del Departamento de Ucayali, dispuesta en la R.M. Nº 686-2018-MTC/01.02

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 343-2021-MTC/01.02

Lima, 16 de abril de 2021

VISTOS:

Los Oficios Nos. 521-2019-GRU-GR y 403-2020-GRU-GR-GGR del Gobierno Regional de Ucayali; los Informes Nos. 026-2020-MTC/20.23.SGC y 053-2020-MTC/20.23 de la Dirección de Gestión Vial del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (en adelante, PROVIAS NACIONAL); el Memorándum Nº 764-2020-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL; el Informe Nº 042-2021-MTC/19.03.CGPGJVyO y la Comunicación Electrónica de fecha 12 de abril de 2021 de la Coordinación General del Proceso de Jerarquización Vial y Otros; el Memorándum Nº 0534-2021-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios; y, el Memorándum Nº 1451-2021-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 16 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley;

Que, el Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC (en adelante, el Reglamento), señala que los criterios de clasificación de vías destinados a orientar las decisiones de inversión y operación de éstas en función de los roles que establece, así como los criterios para la declaración de áreas o vías de acceso restringido;

Que, los artículos 4 y 6 del Reglamento, establecen que el Sistema Nacional de Carreteras (en adelante, SINAC), se jerarquiza en tres redes viales, que están a cargo de las autoridades competentes de los niveles de gobierno que corresponden a la organización del Estado, de forma que: (i) El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, está a cargo de la Red Vial Nacional; (ii) Los Gobiernos Regionales a cargo de la Red Vial Departamental o Regional; y, (iii) Los Gobiernos Locales a cargo de la Red Vial Vecinal o Rural;

Que, el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 012-2013-MTC, que aprueba la actualización del Clasificador de Rutas...

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