DECRETO SUPREMO, Nº 005-2021-MIDIS, PODER EJECUTIVO, DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL - Decreto Supremo que establece que el Programa Nacional Cuna Más continúe con la captación de niñas y niños en el marco de la intervención temporal para la primera infancia-DECRETO SUPREMO-Nº 005-2021-MIDIS

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición13 de Abril de 2021

Decreto Supremo que establece que el Programa Nacional Cuna Más continúe con la captación de niñas y niños en el marco de la intervención temporal para la primera infancia

DECRETO SUPREMO

Nº 005-2021-MIDIS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo previsto en el artículo 4 de la Constitución Política del Perú, es objetivo de la comunidad y del Estado proteger especialmente a las niñas, niños y adolescentes;

Que, el artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por Ley Nº 27337, establece que en toda medida concerniente al niño y al adolescente que adopte el Estado a través de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, del Ministerio Público, los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y sus demás instituciones, así como en la acción de la sociedad, se considerará el Principio del Interés Superior del Niño y del Adolescente y el respeto a sus derechos;

Que, el artículo 2 de la Ley Nº 30466, “Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del Interés Superior del Niño”, establece que el interés superior del niño es un derecho, un principio y una norma de procedimiento que otorga al niño el derecho a que se considere de manera primordial su interés superior en todas las medidas que afecten directa o indirectamente a los niños y adolescentes, garantizando sus derechos humanos;

Que, asimismo, el Reglamento de la Ley Nº 30466, “Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño” aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2018-MIMP, señala en el numeral 9.4 del artículo 9, que las autoridades y responsables de las entidades públicas y privadas garantizan el bienestar de la niña, niño o adolescente. El bienestar abarca sus necesidades materiales, físicas, educativas y emocionales, así como su necesidad de afecto y seguridad, que garantice su desarrollo integral;

Que, en atención a ello, mediante Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, establece que dicho Ministerio tiene la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, garantizando su inclusión en el desarrollo nacional;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2012-MIDIS se crea el Programa Nacional Cuna Más, como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema, para superar las brechas en su desarrollo cognitivo, social, físico y emocional;

Que, ante la pandemia de la COVID-19 se viene generando un impacto negativo a nivel económico y social, es importante generar intervenciones temporales que tengan por finalidad desarrollar las capacidades de las personas para adecuarse y prepararse para las nuevas condiciones producidas por la pandemia de la COVID-19, potenciando su resiliencia, y con ello mitigar sus impactos negativos;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 095-2020 se aprueba las “Intervenciones Temporales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el año 2020 frente a la pandemia COVID-19”, que tiene...

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