DECRETO DE ALCALDIA, Nº 003-2021/MDLM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA - Aprueban actualización del procedimiento administrativo estandarizado de acceso a la información pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 003-2021/MDLM

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición25 de Febrero de 2021

Aprueban actualización del procedimiento administrativo estandarizado de acceso a la información pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 003-2021/MDLM

La Molina, 25 de febrero del 2021.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LA MOLINA:

Visto: el Informe Nº 023-2021-MDLM-GPPDI, de fecha 27 de enero del 2021, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el Informe Nº 010-2021-MDLM-GAJ, de fecha 10 de febrero del 2021, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 229-2021-MDLM-GM, de fecha 22 de febrero del 2021, de la Gerencia Municipal, mediante los cuales se eleva el proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba la Actualización del Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Memorándum Nº 009-2021-MDLM-SG, de fecha 06 de enero del 2021, la Secretaría General señala su conformidad al Anexo 01 del Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, adecuado al Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, elaborado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional;

Que, mediante el Informe Nº 023-2021-MDLM-GPPDI, de fecha 27 de enero del 2021, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional concluyó lo siguiente:

• Se ha concluido con la adecuación del procedimiento 1.1 del Decreto de Alcaldía Nº 006-2017, referido al procedimiento de Acceso a la Información Pública que posea o produzca la Entidad, acorde a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM.

• Dado que el Formato del Anexo 01 del precitado Decreto Supremo fija cuál es el pago por derecho de tramitación del Procedimiento Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, no corresponde que la Municipalidad efectúe el costeo del referido procedimiento.

• Esta modificación no implica el incremento de derechos de tramitación o requisitos y además se trata sobre un procedimiento previo contemplado en el TUPA de la Municipalidad, por lo que se debe aprobar mediante Decreto de Alcaldía, conforme a lo establecido en el numeral 36.3 del artículo 36º del TUO de la LPAG, concordado con el artículo 38.5 del artículo 38º del mismo cuerpo normativo;

Que, mediante el Memorándum Nº 155-2021-MDLM-GM, de fecha 01 de febrero del 2021, la Gerencia Municipal remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica la propuesta para la actualización del Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, de conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, mediante Decreto de Alcaldía, con la finalidad de que emita opinión respecto a la propuesta;

Que, mediante el Informe Nº 010-2021-MDLM-GAJ, de fecha 10 de febrero del 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite su pronunciamiento sobre la propuesta, concluyendo en el sentido de:

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