DECRETO SUPREMO, N° 003-2021-MIDAGRI, PODER EJECUTIVO - Decreto Supremo que establece disposiciones para el proceso electoral extraordinario de las organizaciones de usuarios de agua para la elección de los consejos directivos para el periodo 2021-2024-DECRETO SUPREMO-N° 003-2021-MIDAGRI

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición26 de Febrero de 2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 143-2020, por excepción autoriza a la Autoridad Nacional del Agua - ANA para que, en un plazo no mayor a seis (06) meses, contado desde el 01 de junio del año 2021, convoque a un proceso electoral extraordinario de las organizaciones de usuarios de agua, de renovación de sus consejos directivos para el periodo 2021-2024; asimismo, dispone la continuidad del mandato de los consejos directivos de las citadas organizaciones, de sus Comités de Administración Temporal y de los otros órganos de similar denominación establecidos por la Autoridad Nacional del Agua - ANA, hasta el día hábil siguiente de notificado el resultado de la elección por el comité electoral o el comité de impugnaciones;

Que, en consecuencia es necesario dictar las disposiciones relacionadas a la convocatoria extraordinaria a elecciones que comprende, desde los actos preparatorios tales como, la elección del comité electoral y el comité de impugnaciones, cronograma electoral, el padrón electoral, participación de la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, postulación de candidatos en el marco de la Política Nacional y de Integridad y Lucha contra la Corrupción, basada en La Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, realización del acto electoral del consejo directivo, hasta la inscripción registral para sus efectos frente a terceros; como también, aquellas disposiciones para garantizar el funcionamiento de aquellas organizaciones de usuarios que hasta el 31 de diciembre de 2020 no pudieron inscribir a sus representantes válidamente elegidos; y la delegación a la ANA para la emisión de las demás normas complementarias que deben contener disposiciones excepcionales para la implementación del proceso electoral extraordinario;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 143-2020, resulta pertinente aprobar las disposiciones necesarias para el desarrollo del mencionado proceso electoral extraordinario;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el artículo 11, numeral 3 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley N° 31075, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias;

DECRETA:

Artículo 1 Objeto

El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer disposiciones para el proceso electoral...

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