DECRETO SUPREMO, N° 002-2021-MIDAGRI, PODER EJECUTIVO - Decreto Supremo que crea la Comisión Multisectorial de carácter permanente, denominada “Consejo Nacional Ejecutivo del Café”-DECRETO SUPREMO-N° 002-2021-MIDAGRI

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición11 de Febrero de 2021

Decreto Supremo que crea la Comisión Multisectorial de carácter permanente, denominada “Consejo Nacional Ejecutivo del Café”

decreto supremo

N° 002-2021-MIDAGRI

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 88 de la Constitución Política del Perú, el Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario;

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía, con canales efectivos de participación ciudadana y transparente en su gestión;

Que, el artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministerios y entidades públicas del Poder Ejecutivo ejercen sus competencias exclusivas en todo el territorio nacional, con arreglo a sus atribuciones y según lo disponga su normatividad específica, y están sujetos a la Política Nacional y Sectorial;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que este Ministerio, ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; estableciendo en los literales a), d) y j) del numeral 2 de su artículo 7 que en el marco de sus competencias compartidas, ejerce la función de promover, entre otras, la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados; la organización de los productores agrarios y la identificación y estructuración de cadenas productivas; y, el desarrollo productivo y sostenible de los agentes agrarios de las zonas rurales;

Que, la Política Nacional Agraria, aprobada por el Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI, constituye el principal instrumento de orientación estratégica de mediano y largo plazo en materia agraria, y define como objetivo general, lograr el incremento sostenido de los ingresos y medios de vida de los productores agrarios, priorizando la agricultura familiar, sobre la base de mayores capacidades y activos más productivos, y con un uso sostenible de los recursos agrarios, siendo uno de sus objetivos específicos, incrementar la competitividad agraria y la inserción a los mercados, con énfasis en el pequeño productor agrario;

Que, con Decreto Supremo Nº 010-2019-MINAGRI, se aprueba el Plan Nacional de Acción del Café Peruano 2019-2030 (en adelante, el PNA-Café), documento con enfoque multisectorial que tiene como objetivo general mejorar los niveles de competitividad y sostenibilidad social y ambiental de la cadena de valor del café; y como objetivos específicos, entre otros, mejorar los procesos de articulación del MINAGRI, hoy...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR