RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 269-2020-MTC/17.03, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Autorizan a la empresa Revision Tecnica Vehicular Ayacucho Peru E.I.R.L., como Centro de Inspección Técnica Vehicular tipo Fijo para operar con una línea de inspección técnica vehicular tipo mixta, en el departamento de Ayacucho-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 269-2020-MTC/17.03

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición26 de Octubre de 2020

Autorizan a la empresa Revision Tecnica Vehicular Ayacucho Peru E.I.R.L., como Centro de Inspección Técnica Vehicular tipo Fijo para operar con una línea de inspección técnica vehicular tipo mixta, en el departamento de Ayacucho

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 269-2020-MTC/17.03

Lima, 26 de octubre de 2020

VISTOS:

La solicitud registrada mediante la Hoja de Ruta Nº E-162579-2020, así como, los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentados por la empresa REVISION TECNICA VEHICULAR AYACUCHO PERU E.I.R.L., a través de los cuales, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de transportes y tránsito terrestre. Es la entidad del Estado que tiene competencia exclusiva para normar y gestionar el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares en el ámbito nacional (…)”;

Que, el artículo 4 de la ley señalada establece lo siguiente: “Las inspecciones técnicas vehiculares están a cargo de los Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV), previamente autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Estas autorizaciones se otorgan sin carácter exclusivo, sobre la base de la situación del mercado automotriz de cada región y de su distribución geográfica, y por los mecanismos legales que la normativa contempla para tales casos”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante el Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237- Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verificar que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte, el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables;

Que, el literal a) del inciso 5.1 del artículo 5 del Reglamento señala que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar las autorizaciones de funcionamiento a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV;

Que, mediante solicitud registrada con la Hoja de Ruta Nº E-162579-2020 de fecha 18 de agosto de 2020, el señor Alfredo Gómez Huamán identificado con DNI Nº 80394982, en calidad de Gerente General de la empresa REVISION TECNICA VEHICULAR AYACUCHO PERU E.I.R.L. con RUC Nº 20604251835 y domicilio en Carretera Ayacucho – Huanta Km. 380 + 200 Sector Viña Chiquita -...

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