RESOLUCION, Nº 007-2021-SANIPES/PE, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS - Aprueban Formulario Único para procedimiento del TUPA del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) y los modelos estándar del Manual de Higiene y Saneamiento y del Manual de Buenas Prácticas de Manipulación y Preservación a Bordo-RESOLUCION-Nº 007-2021-SANIPES/PE

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición28 de Enero de 2021

Aprueban Formulario Único para procedimiento del TUPA del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) y los modelos estándar del Manual de Higiene y Saneamiento y del Manual de Buenas Prácticas de Manipulación y Preservación a Bordo

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

Nº 007-2021-SANIPES/PE

Surquillo, 28 de enero de 2021

VISTOS:

El Memorando Nº 63-2021-SANIPES/DSNPA de la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola, el Informe N° 039-2021-SANIPES/DSNPA/SDNSPA de la Subdirección de Normatividad Sanitaria Pesquera y Acuícola, el Memorando N° 034-2021-SANIPES/DHCPA, el Informe N° 003-2021-SANIPES/OPP-UPRP de la Unidad de Presupuesto y Racionalización y el Informe N° 016-2021-SANIPES/GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30063, modificada por Decreto Legislativo Nº 1402, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar y fiscalizar los servicios de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos e ingredientes de piensos de origen hidrobiológico y con destino a especies hidrobiológicas, en el ámbito nacional, así como aquellos servicios complementarios y vinculados que brinden los agentes públicos o privados relacionados con el sector de la pesca y acuicultura, enmarcados en las medidas y normas sanitarias y fitosanitarias internacionales;

Que, el literal b) del artículo 9 de citada la Ley N° 30063 establece que SANIPES es la autoridad competente para formular, actualizar y aprobar normas sanitarias, manuales, protocolos, directivas, lineamientos, guías, instructivos y procedimientos técnicos, en el ámbito de su competencia;

Que, de acuerdo a los artículos 52, 53 y 55 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del SANIPES, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE, establece que la Dirección de Habilitaciones y Certificaciones Pesqueras y Acuícolas es el órgano de línea responsable de evaluar las solicitudes y cumplimiento de requisitos y emitir los documentos habilitantes, los certificados sanitarios y el registro sanitario en el ámbito pesquero y acuícola, a fin de emitir documentos habilitantes en materia pesquera, requerido por los administrados, en el ámbito de su competencia;

Que, el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR