RESOLUCION, Nº 131-2021-MP-FN, ORGANOS AUTONOMOS, MINISTERIO PUBLICO - Modifican el Reglamento de las Fiscalías de Prevención del Delito aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3377-2016-MP-FN -RESOLUCION-Nº 131-2021-MP-FN

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición29 de Enero de 2021

Modifican el Reglamento de las Fiscalías de Prevención del Delito aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3377-2016-MP-FN

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 131-2021-MP-FN

Lima, 29 de enero de 2021

VISTOS:

Los Informes N° 12-2020-MP-FN-FSTEPDcCN de fecha 16 de octubre de 2020 y N° 37-2020-MP-FN-FSTEPDcCN de fecha 16 de diciembre de 2020 y el oficio N° 141-2021-MP-FN-FSTEPDcCN de fecha 21 de enero de 2021, suscritos por el señor Armando Ortíz Zapata, fiscal superior Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito.

CONSIDERANDO:

El artículo 158 de nuestra Constitución Política establece que el Ministerio Público es un organismo constitucionalmente autónomo. Asimismo, el artículo 1° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por Decreto Legislativo N° 52 y sus modificatorias, señala que son funciones principales del Ministerio Público: la defensa de la legalidad, la representación en los procesos judiciales a la sociedad, la persecución del delito. Asimismo, vela por la prevención del delito dentro de las limitaciones que resultan de la ley.

Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3377-2016-MP-FN, de fecha 2 de agosto de 2016, se aprobó el Reglamento de las Fiscalías de Prevención del Delito, que tiene como objetivo establecer los lineamientos generales que definan la competencia y funciones del sistema fiscal en la especialidad de prevención del delito a nivel nacional. El cual fue modificado mediante las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° 599-2020-MP-FN y N° 869-2020-MP-FN, de fecha 6 de abril y 11 de agosto de 2020, respectivamente.

A través de los informes y oficio de vistos, el fiscal superior Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, eleva la propuesta de modificación del Reglamento de las Fiscalías de Prevención del Delito con la finalidad de incorporar plazos en el procedimiento preventivo. Al respecto, refiere que el Equipo Técnico conformado por fiscales provinciales de distintas fiscalías de prevención del delito del país, planteó la posibilidad de incluir dentro del procedimiento preventivo determinados plazos para la etapa de calificación de la solicitud preventiva, así como para el desarrollo de las actuaciones preventivas. Por lo que, en su calidad de coordinador nacional propone se establezca un plazo máximo al procedimiento preventivo, lo...

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