RESOLUCION, N° 005-2021-SANIPES/PE, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS - Aprueban el “Procedimiento Técnico Sanitario para el control oficial de resistencia a los antimicrobianos”-RESOLUCION-N° 005-2021-SANIPES/PE

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición22 de Enero de 2021

Aprueban el “Procedimiento Técnico Sanitario para el control oficial de resistencia a los antimicrobianos”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° 005-2021-SANIPES/PE

Surquillo, 22 de enero de 2021

VISTOS:

El Informe Técnico Nº 108-2020-SANIPES/DSFPA/SDIP de la Subdirección de Inocuidad Pesquera, el Informe Técnico Nº 068-2020-SANIPES/DSNPA/SDNSPA de la Subdirección de Normatividad Sanitaria Pesquera y Acuícola; el Memorando Nº 813-2020- SANIPES/DSNPA de la Dirección Sanitarias y de Normatividad Pesquera y Acuícola, el Memorando Nº 244-2020- SANIPES/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 005-2021- SANIPES/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Acuerdo N° 269-S62NP-2021 del Consejo Directivo y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30063, modificada por Decreto Legislativo Nº 1402, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar y fiscalizar los servicios de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos e ingredientes de piensos de origen hidrobiológico y con destino a especies hidrobiológicas, en el ámbito nacional, así como aquellos servicios complementarios y vinculados que brinden los agentes públicos o privados relacionados con el sector de la pesca y acuicultura, enmarcados en las medidas y normas sanitarias y fitosanitarias internacionales;

Que, los literales b), c) y ñ) del artículo 9 de la precitada ley, modificada por Decreto Legislativo Nº 1402, establecen que SANIPES tiene entre sus funciones el formular, actualizar y aprobar normas sanitarias, manuales, protocolos, directivas, lineamientos, guías, instructivos y procedimientos técnicos, en el ámbito de su competencia; planificar, organizar, dirigir y ejecutar las actividades de fiscalización en el ámbito de la sanidad e inocuidad de las infraestructuras pesqueras y acuícolas, y las áreas de producción, incluida la extracción o recolección de los recursos hidrobiológicos independientemente de los fines a los que se destinen, así como de los productos y recursos hidrobiológicos, productos veterinarios y alimentos o piensos de uso en acuicultura”; y, velar y asegurar la sanidad e inocuidad de los recursos y productos hidrobiológicos, y de los productos veterinarios y alimentos o piensos de uso en acuicultura y de origen acuícola;

Que, de acuerdo con el numeral 11.1 del artículo 11 del...

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