RESOLUCION, N° 007-2021-SMV/02, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES - Modifican el Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, el Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima y las Normas Aplicables a la Negociación Fuera de Rueda de Valores Inscritos en Bolsa-RESOLUCION-N° 007-2021-SMV/02

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición25 de Enero de 2021

Modifican el Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, el Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima y las Normas Aplicables a la Negociación Fuera de Rueda de Valores Inscritos en Bolsa

Resolución de Superintendente

Nº 007-2021-SMV/02

Lima, 25 de enero de 2021

El Superintendente del Mercado de Valores

VISTOS:

El Expediente Nº 2020045237 y los Informes Conjuntos Nº 1401-2020-SMV/06/11/12 y Nº 108-2021-SMV/06/11/12 del 18 de diciembre de 2020 y 25 de enero de 2021, respectivamente, emitidos ambos por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el “Proyecto de modificación del Reglamento sobre Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, del Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima y de las Normas Aplicables a la Negociación Fuera de Rueda de Valores Inscritos en Bolsa” (en adelante, el “Proyecto”);

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 (en adelante, Ley Orgánica de la SMV), la SMV tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de los precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción;

Que, el literal b) del artículo 5 de la Ley Orgánica de la SMV establece como atribución del Directorio de la SMV la aprobación de la normativa del mercado de valores, así como aquella a la que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a la supervisión de la SMV;

Que, el Directorio de la SMV, reunido en sesión de 30 de enero de 2019, acordó delegar en el Superintendente del Mercado de Valores la facultad para aprobar procedimientos administrativos, calificados por la SMV como ex Ante, en el trámite que se viene siguiendo con la Presidencia del Consejo de Ministros como parte del proceso de Análisis de Calidad Regulatoria, en observancia de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310;

Que, el artículo 145 de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Legislativo Nº 861, señala que la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV aprueba los estatutos de las bolsas y sus modificaciones; así como los reglamentos internos que dicten las bolsas y sus respectivas modificaciones;

Que, mediante Resolución Conasev Nº 009-2006-EF/94.10 se aprobó el Reglamento sobre Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión (en adelante, el “Reglamento OPA”), que regula la obligatoriedad de lanzar una...

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