RESOLUCION, Nº 00165-2021 - Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Asia Arequipa Ltda.-RESOLUCION-Nº 00165-2021
Fecha de disposición | 18 Enero 2021 |
Fecha de publicación | 25 Enero 2021 |
Sección | Sección Única |
Materia | Derecho Procesal |
Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Asia Arequipa Ltda.
RESOLUCIÓN S.B.S. Nº 00165-2021
Lima, 18 de enero de 2021
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30822 (en adelante, Ley COOPAC) que modifica la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 (en adelante, Ley General) y otras normas concordantes, respecto de la regulación y supervisión de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público (en adelante, COOPAC), otorgó a esta Superintendencia la facultad de supervisión de las COOPAC y estableció nuevas disposiciones relativas a regímenes especiales y de liquidación;
Que, la Sexta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley COOPAC dispuso que las solicitudes de disolución y liquidación de las COOPAC que se encuentren en trámite ante el Poder Judicial a la entrada en vigencia de dicha Ley el 01.01.2019, y respecto de las cuales no se haya emitido sentencia, se debían adecuar a lo dispuesto en el numeral 5 de la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley General, según el texto modificado por la Ley COOPAC;
Que, mediante Oficio N° 242-2018-GG del 06.12.2018, la Federación Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito del Perú - FENACREP), según lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Operar con Recursos del Público, aprobado por la Resolución SBS N° 540-1999 y sus modificatorias (vigente a tal fecha) requirió a esta Superintendencia solicitar al órgano jurisdiccional competente la disolución y liquidación judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Asia Arequipa Ltda. (en adelante, COOPAC Asia Arequipa Ltda. o la Cooperativa) por estar incursa en la causal de pérdida total de capital social y reserva cooperativa, prevista en el numeral 2 del artículo 53 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas, aprobado por Decreto Supremo N° 074-90-TR (TUO LGC);
Que, el 31.12.2018, esta Superintendencia, en cumplimiento de la normativa aplicable, presentó ante el Poder Judicial la solicitud de disolución y liquidación de la COOPAC Asia Arequipa Ltda.;
Que, mediante la Resolución SBS N° 034-2019, publicada el 05.01.2019 y vigente desde el día siguiente de su publicación, se aprobó el procedimiento aplicable a las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público que al 01.01.2019...
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