ORDENANZA, Nº 324-2021/MDC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA - Ordenanza que brinda beneficios tributarios extraordinarios en el marco de la emergencia sanitaria para el Ejercicio Fiscal 2021-ORDENANZA-Nº 324-2021/MDC

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición15 de Enero de 2021

Ordenanza que brinda beneficios tributarios extraordinarios en el marco de la emergencia sanitaria para el Ejercicio Fiscal 2021

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 324-2021/MDC

Cieneguilla, 15 de enero del 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA;

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de enero del 2021, con Informe Nº 066-2020/MDC/GATYR-MDC, de fecha 21 de diciembre del 2020, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y el Informe Nº 160-2020-MDC/GAJ, de fecha 23 de diciembre del 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre el Proyecto de Ordenanza que establece Beneficios Tributarios Extraordinarios en el Marco de la Emergencia Sanitaria para el Ejercicio Fiscal 2021.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Asimismo, el articulo VIII del citado dispositivo legal señala que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política de Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; así como las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio.

Que, a la autonomía antes indicada y las funciones de gobierno de las municipalidades son ejercidas por los concejos municipales, a través de la aprobación de ordenanzas y acuerdos, de conformidad con lo estipulado en el articulo39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, que otorga el rango de Ley a las Ordenanzas Municipales.

Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado – T.U.O del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatoria, conforme al numeral 9) del Artículo 9 de la Ley Nº 27972, otorga a los gobiernos locales potestad para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR